🏛️ Asamblea Abierta

Assemblywoman Paola Cabezas - Session 092

📅 Fecha: Fecha no disponible

⏱️ Duración: 10 minutos

🎤 Oradores: 1

📺 Video: Ver en YouTube

Quién habla

  • Janeth Paola Cabezas Castillo (10 min, 1368 palabras)

Transcripción completa

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🕒 0:07 Janeth Paola Cabezas Castillo (100%)
Gracias, señor presidente. Lo que está en discusión es el rumbo de la justicia constitucional en el Ecuador y con ello la vigencia real del Estado Constitucional de Derechos y Justicia que reza en la Constitución de Montecristi, que fue refrendada por más del 62% de los ecuatorianos en consulta popular. Creo que eso es un dato muy importante. Y lo hago además desde la responsabilidad política y jurídica concreta. Yo tuve la oportunidad de presidir la Comisión de Garantías Constitucionales en el periodo anterior y trabajamos de manera rigurosa. Adrián Castro fue mi vicepresidente. Adrián, querido, no me vas a dejar mentir porque voy a remitirme al trabajo técnico, riguroso, especializado que hicimos en esa comisión. Y me aprecio de decir ahora que tú fuiste mi vicepresidente porque hicimos una labor única justamente para corregir ciertas anomalías que aquí se han dicho en este hemiciclo. Lamentablemente la ley fue archivada el día martes. No estuve aquí para defenderla. Ese proyecto no fue producto de la improvisación ni de la coyuntura. Fue un resultado unificado de múltiples iniciativas legislativas de distintos actores políticos e instituciones, incluyendo la misma Corte Nacional de Justicia, la Fiscalía General del Estado, la Defensoría Pública, la Academia y la Sociedad Civil. Fue un proceso que implicó meses de trabajo, comparecencias, mesas técnicas y de liberación jurídica seria. Es importante decirlo con absoluta claridad. En ese proceso participaron activamente quienes hoy forman parte de la bancada oficialista. El asambleísta Adrián Castro, como lo dije, fue vicepresidente de esta comisión. Y el asambleísta Esteban Torres, incluso proponente de uno de los proyectos que sirvieron de base para la construcción del texto unificado. Hoy me llena de muchísima sorpresa, mi estimado Esteban, porque entonces, ¿por qué archivaron el amparo parlamentario que lo habíamos introducido en esa ley? Ahora está bien entonces que se presenten acciones de protección para limitar las acciones legislativas. La Constitución no responde, dices tú, a la nueva realidad, pero estábamos corrigiendo justamente esas anomalías de jueces que quieren frenar las acciones de la Asamblea Nacional. Eso estaba en esa ley. Ambos conocieron de primera mano el contenido, el alcance y los objetivos de esta reforma. Ambos fueron testigos del nivel de consenso técnico alcanzado. Ambos saben que lo que se construyó fue una propuesta seria para fortalecer la justicia constitucional en el país. Por eso resulta por lo menos contradictorio y jurídicamente preocupante que hoy, bueno, el martes se haya decidido archivar ese trabajo sin un debate de altura sobre su contenido. Por lo que se archivó, no fue un simple proyecto de ley, se archivó una propuesta que incorporaba principios fundamentales como la plurinacionalidad, la interculturalidad y el pluralismo jurídico en la actuación de la justicia constitucional en coherencia directa con la Constitución de la República. Se archivó una reforma que buscaba ordenar el sistema de garantías, evitar abusos procesales sin restringir derechos, evitar abusos procesales y fortalecer la seguridad jurídica y, sobre todo, garantizar una tutela jurídica efectiva, real y no meramente declarativa. Se archivó, además, un modelo que fortalecía la reparación integral, evitando la revictimización de las personas, concentrando la ejecución de las sentencias en el mismo juez constitucional y asegurando que los derechos reconocidos no se diluyan en trámites posteriores. Se archivó un esfuerzo por modernizar la justicia constitucional, por hacerla más ágil, más accesible y más coherente con el mandato del artículo 86 de la Constitución. Entonces, en definitiva, ese archivo se archivó una oportunidad de fortalecer la institucionalidad democrática del país. Y mientras eso ocurre, hoy se pone en consideración de este pleno un informe para primer debate que, lejos de avanzar en esa línea, introduce disposiciones que generan serias preocupaciones desde el punto de vista constitucional. Un informe que, además, proviene de una comisión que no es la especializada en materia constitucional, lo cual ya plantea un problema de coherencia institucional en el tratamiento de normas que regulan derechos y garantías. Pero más allá de la forma, el problema es el fondo. ¿Por qué lo que contiene este informe no es una mejora del sistema de garantías, sino una serie de reformas que, en conjunto, pueden restringir el acceso a la justicia constitucional, debilitar la reparación integral, generar presión sobre jueces y abogados y limitar las competencias de la Corte Constitucional? Creo que mi compañero lo ha graficado clarísimo. No quieren derechos para quienes han sido, al menos desde que gobierna la derecha en este país, los mayores violadores de los derechos de las personas, justamente es el Estado. Tenemos el caso de las Malvinas, tenemos médicos despedidos y que crearon leyes en esta misma Asamblea Nacional para evitar su reincorporación al sector público y les podría enumerar un montón de casos en donde el principal violador de los derechos de las personas es el Estado. Esto, que puede parecer una cuestión técnica, en realidad puede traducirse en una barrera de acceso a la justicia para personas en situación de vulnerabilidad, obligándolas a litigar lejos de su territorio en contradicción con el espíritu del artículo 86 de la Constitución. Se introduce además un régimen de responsabilidad administrativa y penal para jueces por decisiones relacionadas con la competencia, generando un efecto de inhibidor que puede llevar a que, ante la duda, el juez prefiera inadmitir antes de garantizar los derechos. Esto debilita directamente el principio proactine y la tutela judicial efectiva. Pero quizás uno de los actos más graves de la incorporación de la llamada suspensión precautoria de sentencias constitucionales, esta figura en la práctica permite suspender la ejecución de decisiones que reconocen derechos, especialmente cuando están en juego recursos públicos o intereses estatales. Es decir, abre la puerta para que el Estado dilate o evada el cumplimiento de sentencias cuando ha sido encontrado responsable de vulneraciones a los derechos. Esto no es un ajuste técnico, esto es una afectación directa al principio de reparación integral y el carácter vinculante de las decisiones constitucionales. Asimismo, amplían las causales de inadmisión y se introducen categorías como el abuso del derecho, que sin una delimitación clara pueden convertirse en herramientas para restringir un acceso de autocensura en quienes buscan proteger sus derechos. Y finalmente, se establecen limitaciones a la actuación de la Corte Constitucional imponiendo plazos cuya inobservancia pueden derivar en la pérdida de competencias, restringiendo su capacidad de desarrollo jurisprudencial y alterando los mecanismos de selección y revisión de sentencias. Esto implica, en hechos, debilitar el rol máximo del órgano de control constitucional del país. Por eso es necesario decirlo con claridad y ambigüedades. Se debe admitirla la comunidad jurídica del Ecuador, se debe advertir, y esto es una advertencia para la comunidad jurídica del Ecuador, abogados, jueces, a la misma Corte Constitucional, a quienes creen en el Estado de Derecho que lo que está en curso no es una simple reforma legal, es un intento progresivo de debilitamiento de la justicia constitucional, es un intento de reducir la capacidad de la Corte Constitucional de ejercer control sobre el poder. Es, en definitiva, un intento de alterar el equilibrio de poderes por la vía legislativa, porque cuando la Corte Constitucional ha cumplido su rol y ha declarado inconstitucionalidad de derechos en leyes y decisiones del Ejecutivo, la respuesta no puede ser debilitarla. Sin embargo, eso es lo que están intentando hacer con estas reformas. Lo que no se ha logrado en otros espacios, ni en las urnas, ni a través de mecanismos institucionales, se pretende ahora concretar en esta Asamblea con 77 votos. Y este es apenas el primer debate, pero la línea evidentemente ya está trazada. Por mi parte, presentaré mis observaciones por escrito. La verdad no tengo mucha certeza ni confianza de que sean acogidas, pero tengo la obligación política y jurídica de hacerlo, porque quien ha tenido la responsabilidad de conducir un proceso serio de reformas para fortalecer la justicia constitucional, no puede guardar silencio cuando se pretende, desde este mismo espacio, debilitarla. Esto no es un debate menor, es un punto de inflexión en la justicia constitucional. Y la historia juzgará si esta Asamblea estuvo a la altura de la Constitución o si decidió, por cálculo político, debilitar uno de los pilares fundamentales del Estado de Derecho. Muchísimas gracias, señor Presidente, colegas asambleístas.

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