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Jhajaira Estefanía Urresta Guzmán (100%)
La palabra es la asambleísta Yajaira Urresta. Muy buenas tardes, señor presidente, señores legisladores, pueblo ecuatoriano. El informe que hoy vamos a presentar como comisión calificadora presidida por el asambleísta Milton Aguas tiene un origen estrictamente de iniciativa popular propuesta por las organizaciones civiles. Esta propuesta constituye un ejercicio democrático amparado en la Constitución del Estado enmarcado en la ley que garantiza el derecho de la ciudadanía a participar de la vida política del Pleno de la Asamblea Nacional. La iniciativa ingresó formalmente a la Asamblea Nacional en el mes de agosto de 2025 y pasó a la comisión calificadora, de la cual formo parte y conformamos varios asambleístas. El trabajo se lo ha realizado de manera técnica conforme el artículo 9º de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana. Aquí quiero dar a comprender a la ciudadanía y a los medios de comunicación, debido a que ha habido desinformación de la misma, que es una comisión calificadora. La comisión calificadora no es política ni ideológica, es un mecanismo que garantiza la democracia participativa del pueblo ecuatoriano. Su función principalmente es considerar, proteger el derecho constitucional de la ciudadanía a la participación y presentación de propuestas que incentivan obviamente a la política pública, asegurando que ninguna iniciativa popular sea bloqueada por mecanismos políticos o ideológicos. En esto hay tres ejes que los voy a dar a conocer a continuación. Pero, para darlo a conocer, quiero que ustedes sepan que esto es dentro de la defensa de la legalidad y el debido proceso de la Constitución del Estado. Pues bien, nuestra función estrictamente está vinculada dentro de la técnica y el procedimiento interno de la Asamblea Nacional, verificando la iniciativa que cumpla los requisitos formales. Aquí quiero decirle a los medios de comunicación que lamentablemente han desinformado. El día de hoy no se aprueba la ley, el día de hoy se tiene que aprobar un informe técnico para que pase a segunda fase en el CNE y obviamente la iniciativa ciudadana continúe con las fases que están dentro de la ley de participación ciudadana. Dentro de ello, la defensa de la legalidad y el debido proceso está dividido en tres ejes principales. La primera, que es el apego irrestricto a la norma y a la ley que está amparado en los artículos 134 y 136 de la Constitución del Estado. Segundo, cumplimiento de los requisitos, en donde no se puede pronunciar sobre el contenido del proyecto el día de hoy, sino de la forma, más no del fondo. Tercero, la prohibición de rechazos arbitrarios sin fundamento técnico. El eje número dos es la protección de la democracia directa, en donde se garantiza el derecho a la participación ciudadana en el artículo 103 de la Constitución del Estado y el respeto a la voluntad ciudadana, que es la proyección de organizaciones sociales y sociedad civil en cuanto a las reglas de juego democrático que lleva la primera función del Estado y obviamente el Pleno de la Asamblea. El proceso se sustenta, como les decía, en el artículo 103 de la Constitución del Estado, que garantiza el derecho de la ciudadanía a proponer leyes con respaldo de al menos del 0,25% del padrón electoral. Segundo, la iniciativa popular está dentro de las normativas pertinentes de la ciudadanía en cuanto a la presentación de proyectos de ley, en cuanto a la creación, reformas y derogatorias de normas jurídicas. Para su admisión, la Ley Orgánica de Participación Ciudadana establece requisitos claros, a los cuales me atrevo el agradecer a la sociedad civil que han cumplido a cabalidad y a la regla constitucional. Esto es, el título, la exposición de los motivos, propuesta redactada, identidad de los promotores, firmas de respaldo y descripción del proceso de construcción. La comisión calificadora, a la cual agradezco la participación del asambleísta Milton Aguas, quien fue el presidente, nos permitió formar parte con pego irrestricto en cuanto a la legalidad y a la norma técnica. Tuvimos la competencia exclusiva de verificar estos requisitos que no pueden pronunciarse sobre el contenido del fondo del proyecto, solamente por la forma. Nuestra labor constituyente en filtro procesal que garantiza el derecho de participación ciudadana no debe bloquearse, debemos asegurar la transparencia y la institucionalidad de la primera función del Estado, pero también de la participación ciudadana que le da vida a la primera función del Estado. Analizar este informe realmente ha sido y ha constado como una iniciativa que cumple todos los requisitos formales, señor presidente. Entre estos aspectos positivos se reconoce que se respeta la unidad de la materia, la presentación de exposiciones de motivos claros, la definición del articulado y la determinación de las normas creando una reforma. Si bien, el informe señala aspectos que podrían ser tratados en etapas posteriores, en la fase 3, que es ya cuando el proyecto de ley regrese del CNE con la verificación de sus firmas, estrictamente lo técnico es lo que nos conlleva el día de hoy. Como integrante de la comisión calificadora, señor presidente, señores legisladores, mi actuación al igual que la de mis compañeros se define por objetividad, legitimidad y defensa de la participación ciudadana. Nuestra firma dentro de este informe técnico ratifica la verificación técnica de absolutamente todos los requisitos formales que la sociedad civil ha presentado. Una postura sobre el contenido del proyecto que garantiza el procedimiento parlamentario que se cumpla correctamente en la voz de la ciudadanía en cuanto ya a las fases siguientes. Y me atrevo a describir, señor presidente, la línea del tiempo para que no haya desinformación. El 21 de agosto del 2025, el proyecto es presentado formalmente ante la Asamblea Nacional por el economista Cristian Albuja en representación de las organizaciones sociales. El 2 de septiembre del 2025, el Pleno de la Asamblea, cumpliendo con la ley, designa la comisión calificadora. El 16 de septiembre del 2025, la comisión se reúne analizando el proyecto y detectando observaciones técnicas que debían ser recogidas por parte de los proponentes. Aquí la Asamblea ha actuado con un filtro técnico riguroso para asegurar la propuesta jurídica que la sociedad civil lo ha determinado así. El 20 de octubre del 2025, los ciudadanos proponentes entregan el proyecto con las observaciones solventadas, porque presentamos algunas observaciones que tenían que ser sujetas a la solvencia de los proponentes y obviamente el cumplimiento de los requisitos formales de admisibilidad, los cuales se cumplen a cabalidad. Se garantiza el debido proceso, el derecho de los ciudadanos a corregir incluso su propia propuesta y que obviamente de una manera formal no sea rechazada esta propuesta ciudadana. La comisión calificadora ha emitido un informe favorable de admisibilidad debido al respeto que tenemos a la sociedad civil y al respeto que ellos también han presentado a la primera función del Estado en cuanto han subsanado absolutamente todas las observaciones presentadas. De aquí viene la fase 2, señores asambleístas. Y es que el Pleno de la Asamblea tiene que emitir este informe al CNE para que el CNE verifique las firmas y luego en fase 3 regrese el proyecto de ley a la Asamblea Nacional para que vaya a la comisión permanente y obviamente ahí ya se aboque conocimiento del contenido de la ley para las observaciones y futuros debates. Admitir este trámite no solamente significa aprobar el informe técnico, sino respetar el derecho de miles de ciudadanos que ejercen su iniciativa popular permitiendo el proyecto de un avance al siguiente paso procedimental legal que ya les he dado a conocer y que consiste en la revisión y validación de firmas por parte del Consejo Nacional Electoral. La comisión, señor presidente, que nos ha entregado el Pleno de la Asamblea ha cometido a cabalidad técnica, cumpliendo un labor estrictamente técnico sin sesgos garantizando la democracia, la institucionalidad, el debido proceso y la ley de la función legislativa además. Hoy más que legislar por el cannabis, como han dicho, no es así. Estamos custodiando el día de hoy el derecho ciudadano de participar dentro de la construcción de leyes e iniciativas ciudadanas, asegurando que la Asamblea cumpla su deber, su responsabilidad y su transparencia. Si el Pleno aprueba el día de hoy la admisibilidad de este proyecto ciudadano, se remitirá al Consejo Nacional Electoral para la verificación de la cantidad y calidez de las firmas de respaldo. Una vez completada esta fase, el proyecto va a regresar a la Asamblea Nacional, como les había anunciado de manera técnica, para continuar con su trámite regular, que incluye la remisión y la revisión a qué comisión permanente pertenece este proyecto de ley y aportar con los debates académicos, ciudadanos y obviamente participativos ciudadanos. Admitir este informe no implica, señores asambleístas, aprobar de ya la ley, no, sino garantizar que se cumpla el procedimiento legal de las fases de participación ciudadana democrática, respetando el derecho de la ciudadanía a participar de la primera función del Estado, fortalecer la transparencia de la Asamblea Nacional y la constitucionalidad de la Asamblea y del pueblo ecuatoriano. Recordemos que el legislar está estrictamente apegado a la Constitución, a nuestra normativa interna, pero sobre todo al derecho participativo del pueblo ecuatoriano. Espero haber sido clara en cuanto a las fases que este proyecto ciudadano tiene que cumplir. El día de hoy es un día histórico, señores asambleístas, porque el pueblo ecuatoriano ha presentado su propia propuesta y nosotros no podemos boicotear ni limitar lo que las fases procedimentales legales dictaminan. Señor presidente, he presentado la moción correspondiente para que cuando usted vea conveniente lo ponga a moción del pleno y obviamente conceda la votación de la misma. Muchas gracias.