Intervención

Presidente de la Asamblea Nacional Niels Olsen - Sesión 013 - Apelación a la presidencia

24 de junio de 2025 · 4:49 · 2 oradores identificados

Clip oficial con una sola intervención de Guillermo Vicente Báez Mera, tomada de la Sesión 13.

Transcripción

Transcripción automática: puede contener errores. Cada marca de tiempo lleva a ese momento del video oficial.

0:06 Guillermo Vicente Báez Mera identificado por voz

¿Saben ustedes por qué hoy la Revolución Ciudadana apela a mi presidencia? Porque se les acabó la fiesta a los corruptos y a los delincuentes. Porque usted, asambleísta Molina, hasta para irse de refugiado se va mintiendo. Dos veces en menos de 20 días. No será la última, pero no me importa. ¿Saben por qué? Porque me voy a defender cuantas veces sea necesario y aprovechar cada oportunidad que tengo para cantarles su verdad. El país que jamás se olvide de sus nombres. Los del caso de Narcobalija. Por favor, señores asambleístas.

0:54 Giovanny Bravo identificado por voz

respeto a la intervención.

0:55 Guillermo Vicente Báez Mera identificado por voz

los de la reconstrucción de Manaví y los de la refinería del Pacífico. La aprobación de esta ley es urgente y quiero que quede constancia hoy, 24 de junio, ¿quién está de lado los criminales y quién está de lado los ecuatorianos? Así de sencillo y claro es. ¿Quién está de lado los ecuatorianos y quién está de lado de los criminales? ¡Ecuatorianos, miren sus caras, que no se les olvide sus nombres para que la aprobación porque hoy están apelando a mi presidencia para que la aprobación de esta segunda ley económica urgente que combate a los criminales no sea aprobada.

Ley que alivia el hacinamiento en nuestras cárceles para que las fuerzas del orden protejan a los ciudadanos. Ante la apelación sin argumento a la presidencia que nuevamente evidencia desconocimiento del procedimiento parlamentario, tantos años en la Asamblea Nacional y hasta ahora no aprenden del procedimiento parlamentario. Me permito solicitar que por secretaría se dé lectura al artículo 140 de la Constitución de la República y el artículo 62 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

2:19 Giovanny Bravo identificado por voz

A su disposición, señora Presidenta, artículo 140 de la Constitución de la República del Ecuador. La Presidenta o Presidenta de la República podrá enviar a la Asamblea Nacional proyectos de ley calificados de urgencia en materia económica. La Asamblea deberá aprobarlos, modificarlos o negarlos dentro de un plazo máximo de 30 días a partir de su recepción. El trámite para la presentación, discusión y aprobación de estos proyectos será el ordinario, excepto en cuanto a los plazos anteriormente establecidos. Mientras se discuta un proyecto calificado de urgente, la Presidenta o Presidente de la República no podrá enviar otro, salvo que se haya decretado el estado de excepción.

Cuando en el plazo señalado la Asamblea no apruebe, modifique o niegue el proyecto calificado de urgente en materia económica, la Presidenta o Presidenta de la República lo promulgará como decreto ley y ordenará su publicación en el registro oficial. La Asamblea Nacional podrá en cualquier tiempo modificarla o derogarla con sujeción al trámite ordinario previsto en la Constitución. Numeral cuarto del artículo 62 de la Ley Orgánica de la Función, inciso cuarto, artículo 62 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa. Segundo debate para proyecto de urgencia en materia económica.

Concluido el plazo de 48 horas, contado desde la distribución de los informes, la Presidenta o el Presidente de la Asamblea Nacional lo incluirá en el orden del día del Pleno para segundo debate, en el que se aprobará, modificará o negará el proyecto de ley. Hasta aquí la lectura de lo dispuesto.

4:05 Guillermo Vicente Báez Mera identificado por voz

Muchas gracias, señor Secretario. De acuerdo a lo previamente leído, tengo que enfatizar que no se ha violentado ninguna norma procedimental, ya que lo que está haciendo este Pleno es modificar el proyecto de ley facultad que, como máximo órgano de decisión de la Asamblea Nacional, se le otorga la Constitución y la ley. Es así que, en el ejercicio de deliberación democrática que le caracteriza a esta Administración, se ha consultado al Pleno la posibilidad de modificar o no el proyecto de ley de acuerdo a lo solicitado por el Asambleísta Andrés Castillo, sin contraponerse al procedimiento parlamentario.

Por lo tanto, Presidenta Encargada, solicito que se tome votación. Muchas gracias.

4:47 Giovanny Bravo identificado por voz

Proceda, señor secretario.

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