Intervención

Asambleísta Mariana Yumbay Sesión 128

2 de octubre de 2026 · 7:25 · 1 orador identificado

Clip oficial con una sola intervención de Mariana Yumbay Yallico.

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Contempla el proyecto de reforma a la ley de inquilinato, quinta intervención asambleísta Mariana Yumbay. No hay derecho a vivir con dignidad y tranquilidad, sin miedo a perder su techo, tampoco los ahorros que entregó como garantía. Es preocupante que en el país existe una estimación de 1.08 millones de hogares arrendados. Además, la encuesta del INE, correspondiente al 2024 y 2025, señala que uno de cada cinco viviendas del país están en arriendo o anticresis. Estas cifras muestran la importancia social de regular esta relación y proteger los derechos de quienes dependen de ella.

Detrás de estas alarmantes cifras hay trabajadores, estudiantes y familias que necesitan un hogar digno y tranquilo para vivir. A esto hay que agregar que existen miles de testimonios de inquilinos que soportan abusos de los arrendadores, tales como filtraciones, reparaciones desatendidas, cobros excesivos y garantías que nunca les devuelven. Reclamar estos derechos resulta tan costoso y largo, por supuesto, por lo que terminan en muchas ocasiones renunciando a recuperar ese dinero. Por eso es importante este proyecto. Contiene disposiciones para enfrentar esos problemas, entre los cuales, por ejemplo, fortalece los mecanismos para exigir reparaciones.

Es decir, si el arrendador incumple el plazo establecido por el juez o en mediación, el inquilino podrá realizar las obras y descontar el gasto justificado más un 10%. Ante riesgos graves, el juez podrá ordenar reparaciones inmediatas. Esto puede evitar, por supuesto, que una familia siga viviendo en condiciones que comprometan su seguridad. De la misma forma, sanciona los cortes injustificados de los servicios y los actos que perturben gravemente el uso de la vivienda. Nadie debería cortar el agua o la luz para obligar a una familia a salir.

Si esas conductas provocan la desocupación y se demuestra esa relación, se reconoce una indemnización de dos mensualidades. De la misma forma, esta normativa prohíbe aumentar unilateralmente el arriendo, impide que un contrato reduzca los derechos legales del inquilino y establece la duración mínima de dos años para quien cumple sus obligaciones, salvo las excepciones previstas. De la misma forma, pone límites a la garantía hasta dos mensualidades y la devolución del saldo en el término de 15 días. Además, el desgaste natural de muchos muebles no podrá cobrarse como un daño causado por el inquilino.

Sin embargo, considero pertinente que sí deben corregirse algunas disposiciones que aspiro sean acogidas. Primero, la garantía obligatoria. El artículo 19, que incorpora el artículo 27.7, permite acordar el monto de la garantía y limita su valor a dos mensualidades. Una familia debe reunir para la garantía el pago del primer mes de arriendo y los costos que implica la mudanza. Para quien vive al día, eso puede cerrar la puerta de una vivienda. Por eso propongo aclarar que las partes también puedan acordar un arrendamiento sin garantía para facilitar el acceso a vivienda de las familias con menores recursos.

Ese mismo artículo que acabo de mencionar, permite suspender la devolución de los valores de la garantía hasta resolver el conflicto, pero no fija un tiempo máximo para hacerlo. Ese dinero puede ser indispensable para conseguir otro techo. Necesitamos una vía rápida y por supuesto establecer plazos para resolver la disputa. Segundo, pagar completo mientras la vivienda está deteriorada. El artículo 14 dispone que la rebaja judicial empiece únicamente cuando la sentencia quede en firme. Pero ¿qué pasa? Si el proceso demora, ¿la familia seguirá pagando el mismo valor mientras soporta el daño?

Es la pregunta que nos deberíamos hacer. Por eso propongo que debe reconocerse la rebaja desde la notificación, es decir, cuando el juez determine que corresponde esa rebaja, pero desde el momento en que se le notificó con dicha demanda. Esta asamblea debe asegurar que los derechos principalmente de los millones de arrendatarios puedan ejercerse. que las reparaciones lleguen a tiempo, que el arriendo tenga reglas claras y que reclamar no cueste más que el dinero que se intenta recuperar. Así que estas son mis observaciones, aspiro sean recogidas. Gracias, presidente.

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