que si la moción presentada por el asambleísta Adrián Castro ha sido ingresada por escrito.
Votación de la moción del asambleísta Adrián Castro - Sesión 069
Clip oficial con una sola intervención de Juan José Reyes Baquerizo, tomada de la Sesión 69.
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Sí, señor presidente, la moción ha sido ingresada por escrito a esta secretaría.
Asambleístas, tiene apoyo a la moción. Señor Secretario, dé lectura a la moción presentada y tome votación, por favor.
Procedo a dar lectura y tomar votación de la moción presentada mediante memorando número AN-CPAE-2026-0037-M de 10 de febrero de 2026, dirigido al señor Nils Olsenpid, presidente de la Asamblea Nacional. Asunto, moción para aprobación de resolución dentro de la sesión número 069-AN-2025-2029 del Pleno de la Asamblea Nacional. De mi consideración, en mi calidad de asambleísta de la República del Ecuador, en relación a la convocatoria para la sesión número 069-AN-2025-2029 del Pleno de la Asamblea Nacional, a realizarse el día martes 10 de febrero de 2026 a las 11 horas 45, dentro del punto de orden del día referente a la declaración del 9 de febrero de cada año como el Día Nacional del Criminólogo y Criminóloga en el Ecuador, al amparo de lo establecido en los artículos 130 y 135 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, presento la siguiente moción.
Que se apruebe la resolución mediante el cual se resuelve declarar el 9 de febrero de cada año como el Día Nacional del Criminólogo y Criminóloga en el Ecuador, en conmemoración a la fecha en que se reconoció oficialmente la formación profesional de esta disciplina en el país, y en reconocimiento a su aporte científico, técnico y estratégico a la seguridad integral, la prevención del delito, al fortalecimiento del sistema de justicia y la convivencia pacífica en el territorio ecuatoriano. Atentamente, doctor Adrián Ernesto Castro Piedra, asambleísta. De igual forma, señor presidente, me permito dar lectura a la parte resolutiva de la resolución que se adjunta a la moción.
En uso y en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, resuelve artículo 1. Declarar el 9 de febrero de cada año como el Día Nacional del Criminólogo y Criminóloga en el Ecuador, en conmemoración a la fecha en que se reconoció oficialmente la formación profesional de esta disciplina en el país, y en reconocimiento a su aporte científico, técnico y estratégico a la seguridad integral, la prevención del delito, al fortalecimiento del sistema de justicia y la convivencia pacífica en el territorio ecuatoriano. Artículo 2. Reconocer la importancia del trabajo articulado entre el Estado y el sistema de educación superior y la academia para enfrentar de manera estructural y sostenible los desafíos en materia de seguridad, concibiendo la formación y profesionalización de criminólogos y criminólogas como un componente estratégico de esta política pública.
Artículo 3. Reconocer a las instituciones de educación superior que han impulsado la formación en criminología, destacando el aporte pionero de la Universidad Católica de Cuenca, a través de la creación de la carrera de criminología y ciencias forenses, misma que contribuye a la formación profesional de criminólogos y criminólogas, cuyo aporte es vital para la seguridad del país. Artículo 4. Reconocer a la criminología como una disciplina estratégica para el Estado ecuatoriano, cuya participación es fundamental en el diseño, ejecución y evaluación de políticas públicas de prevención de la violencia y seguridad ciudadana.
Artículo 5. Instar a la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, Innovación y Saberes Ancestrales de la Asamblea Nacional a realizar una sesión conmemorativa o foro técnico el 9 de febrero de cada año, con la participación de la academia y autoridades en materia de seguridad ciudadana, pública y del Estado, para analizar los avances de la criminología en el Ecuador. Artículo 6. Encargar a la Secretaría General de la Asamblea Nacional la notificación de la presente resolución a la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología, Innovación y Saberes Ancestrales de la Asamblea Nacional y a la Universidad Católica de Cuenca.
Artículo 7. La presente resolución entrará en vigencia a partir de su aprobación por parte del Pleno de la Asamblea Nacional, sin perjuicio de su publicación en los medios institucionales correspondientes. Dado y suscrito en la sede de la Asamblea Nacional, ubicada en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, a los 10 días del mes de febrero del año 2026. Hasta aquí la lectura de la moción. Procedo a tomar votación. Señoras y señores asambleístas, por favor, registrar su participación en las curules electrónicas. De existir alguna novedad, por favor, informar a esta secretaría.
Cierre registro, señor secretario.
Me permito informar, señor presidente, que contamos con 143 asambleístas registrados. Se pone a consideración del Pleno de la Asamblea Nacional la moción presentada por el asambleísta Adrián Castro. Señoras y señores asambleístas, por favor consignar su voto.
Proclame resultados, señor secretario.
Señor operador, presente los resultados. Señor presidente, me permito informar que de un total de 143 asambleístas presentes contamos con 85 votos afirmativos, 57 negativos, 0 blancos, 1 abstención. Por tanto, la moción presentada por el asambleísta Adrián Castro ha sido aprobada.