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Janeth Paola Cabezas Castillo (54%)
Buenos días, señor presidente. Muy buenos días con todos. Primero, corrigiendo, mi nombre es Naomi. Bueno, buenos días con todos, compañeros legisladores, de igual manera al presidente y todas las autoridades que se encuentran presentes. Si bien es muy cierto este tema del sistema financiero, no es únicamente una responsabilidad de tener del sistema financiero el hecho de dar créditos o soluciones crediticias, netamente también quiere decir que esto involucra a la ciudadanía. Compañeros asambleístas, soy abogada en libre ejercicio, específicamente en materia civil. He visto de manera clara como muchos de los ciudadanos luchan el día a día con el pago de créditos y les voy a dar un caso puntual de la provincia de Cotopaxi. En el sector de Zumbagua existen varios compañeros que han tenido que emigrar por la situación económica y de seguridad del país. Lamentablemente, las cooperativas de ahorro y crédito han tomado esta oportunidad. Para poderles cobrar un interés sobre interés, por el tiempo que se han demorado en el trajinar que han tenido desde el Ecuador hasta el exterior en llegar. Han aprovechado los meses de mora que los compañeros no han podido cancelar para poder tener un aumento significativo en los créditos en este caso. ¿Qué les han sugerido y qué les sugieren muchas veces que yo puedo ver como abogada? Les sugieren hacer una restitución del crédito o hacer un nuevo crédito, como ya muchos colegas lo han mencionado, asambleístas. Les han ofrecido el hecho de que hagan un nuevo crédito con todos los intereses, con todos los honorarios de los abogados para poder generar una nueva obligación crediticia. ¿Y esto qué pasa? Genera un interés ya cobrado en el crédito anterior a uno nuevo. ¿Y con qué se escudan? Con el hecho de que existe un nuevo pagaré a la orden. Compañeros, dentro de estos mismos pagaré a la orden existe algo que se llama tasa de interés por cobranza. Muchas cooperativas lo manejan en la actualidad. Si vamos a pretender reformar en este momento el Código Monetario y Financiero, tenemos que también normar esa parte en las cooperativas de ahorro y crédito mediante las EPS. ¿Por qué? Como les digo, existe esta tabla de cobranzas en la que dicen, perfecto, usted se retrasa un día, demora la cobranza extrajudicial por la llamadita que acaban de comentar ya algunos colegas, 15 dólares. Si usted se retrasa dos días, 30 dólares. Si usted se retrasa una semana, 50 dólares. Y así va en incremento la tabla de los cobros por cobranza extrajudicial. ¿Y qué es lo que se escudan o qué es lo que van muchos abogados externos a decir en el juzgado? Es que usted firmó el pagaré, es que usted firmó la línea de adhesión al contrato del crédito. Y con eso permiten el cobro excesivo en este caso. Una llamada no tiene un costo de 15 dólares, compañeros. Una movilización, claro que tal vez podrá hacerlo, ¿no? Con los debidos justificativos y ya el proceso legal tiene totalmente en intenciones otro costo. Sin embargo, es muy importante que se pueda normar esto. Muchas cooperativas ni siquiera cuentan con un contrato de adhesión a la línea de crédito y aún así tienen los cobros excesivos en la cobranza extrajudicial en este caso. Muchos compañeros, como ya lo habían comentado, muchos socios de estas cooperativas tienen como prendas vehículos, hipotecas, terrenos y muchas veces se aprovechan justamente de esto para retirar los vehículos y cobrar una tasa excesiva. Aparte de cobrar la cobranza extrajudicial, intereses de mora, intereses legales, intereses de abogados y también honorarios de depositarios judiciales. Muchas veces incluso el monto del cobro asciende muchísimo más alto de lo que tiene el capital, únicamente porque tienen una prenda sobre un bien. Entonces, ese es el real abuso que debe tratar esta ley. Tratando de nutrir mucho más desde la parte profesional, desde el lado que nosotros lo vivimos al día a día, compañeros. Es muy importante que sepamos dónde está la falencia realmente. Muchos procesos judiciales no se paran por una denuncia en las EPS. Lo he vivido. Tengo muchísimos clientes que seguramente van a escuchar este discurso el día de hoy. Muchos ecuatorianos lo van a hacer y saben perfectamente que el hecho de poner una denuncia por un abuso de una cooperativa, de un banco, de una institución financiera en las EPS, no frena un proceso legal y muchos jueces ni siquiera toman en cuenta. Hablamos de anatocismo en esta Asamblea. Vamos a un juzgado, a un día a día real dentro de esto. No saben los jueces qué es anatocismo. No lo toman ni siquiera a consideración. Y resolviendo el fondo dentro de cada proceso legal, en una sentencia ni siquiera lo toman en cuenta. Permiten que en una conciliación o incluso en la fase donde ya existe un debate probatorio, las mismas cooperativas propongan realizar un nuevo crédito sobre el total de la deuda que se encuentra ya con la cuantía del juzgado. Compañeros, eso es dar paso a que realmente existe el anatocismo dentro incluso de un proceso legal donde los jueces deberían ser garantistas de derechos en la parte constitucional. Entonces, es muy importante también que dentro de la presente ley se tome también en cuenta el Consejo de la Judicatura. En este caso, por los procesos ejecutivos, por los procesos de ejecución y muchos otros que conllevan el cobro de dinero, como son procesos ordinarios, compañeros. Es muy importante regular esto para brindarles al usuario que seguridad jurídica. La seguridad jurídica es algo que tenemos que brindar a las personas que se encuentran dentro del sistema financiero, a los que se encuentran fuera y a aquellos que no confían también. Hablamos que los ecuatorianos en este momento ya no confían en los sistemas financieros por la salida de muchas cooperativas en liquidación. ¿Qué pasa? También tengo problemas y casos de esto. Muchas cooperativas que se liquidan, lamentablemente cierran, también cajas de ahorro, porque no se ha hablado de la parte del eslabón más pequeño, que son las cajas de ahorro que existen en muchas comunidades, se liquidan y muchas personas que tenían los ahorros ni siquiera tienen la posibilidad de acceder a los mismos, no tienen idea de cuál es el liquidador, no se les socializa, no saben, no se les notifica en legal y debida forma. Esto, compañeros, como ya muchos han dicho, merece tener una sanción, porque tenemos que darle al ecuatoriano, al usuario, una seguridad jurídica de decir, bueno, a pesar de que esto pase, mis activos están protegidos. Entonces, ¿qué quiero decir nuevamente con esto? Se tiene que velar también por procesos de sanción dentro de la ley para las instituciones que no hagan una buena notificación. También, muchos deudores al momento en el que se liquida la cooperativa no son notificados, no son notificados con la venta de su deuda a una nueva institución financiera. Esta institución financiera, naturalmente, desde el momento que adquiere la cartera, empieza a cobrar, empieza a generar también intereses, intereses de los cuales muchos socios ni siquiera son conscientes hasta el momento en el que ya les empiezan a llamar o les llega, en este caso, la citación con la demanda. Es eso, compañeros, ese es mi aporte en este caso, para que podamos optimizar la ley, tratemos de involucrar también en esto al Consejo de la Judicatura para que podamos tener una ley que sea viable para los ecuatorianos. Muchas gracias, devuelvo la palabra.