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Sergio Jesús Peña Veloz (100%)
Muchas gracias, señora presidenta, queridos colegas legisladores. Yo creo que lo que ha dicho el doctor Vanegas es lo que se debe reflejar en esta asamblea. Una asamblea que realmente busque justamente apoyar las cosas positivas indistintamente de la bandera política de donde venga. Por lo cual lo felicito. Y vamos a hablar, yo creo que se ha hablado mucho de la parte política. Sabemos que esta ley no busca, en este caso, atacar a quien se roba un celular, sino a delincuentes que cometen, en este caso, delitos graves. Por eso hay que fortalecer la lucha contra la delincuencia y tenemos nosotros que, como asamblea, poner un ejemplo. Desde la parte técnica voy a leer cuatro puntos que me parecen neurálgicos, importantísimos, y que sobre todo los ecuatorianos deben de conocer para que entiendan sobre qué estamos tratando este primer debate. Una de las cosas es el ordenamiento técnico en el sistema. Incorporar definiciones, en este caso, como autoridad central, extradición activa y pasiva, detención urgente, notificación roja, doble tipicidad y principio de especialidad. Eso va a reducir la discrecionalidad justamente en esta norma que después de 26 años se busca actualizar. Delimitar mejor las competencias institucionales. El informe destaca que la presidencia de la Corte Nacional de Justicia asume un rol claro como autoridad central. Y asimismo, Cancillería canaliza la documentación, en este caso, en la vía diplomática, lo cual va a generar que esta arquitectura evite las duplicidades normativas que muchas veces detienen este tipo de procesos, evitando burocracia absurda y dándole seriedad a los mismos. Un punto importante es que esta ley también busca desarrollar, conforme a la Reforma Constitucional 2024, los límites y garantías, la prohibición de penas incompatibles, por ejemplo, con la Constitución, respeto al debido proceso, principio de especialidad, importantísimo. Y, en este caso, una regla transitoria de no aplicación a hechos anteriores a la reforma. Eso es importante porque, básicamente, genera y respeta el debido proceso. Y un tema que me parece importantísimo que se esté delimitando de manera clara. El procedimiento de extradición activo y pasivo, con los requisitos de la solicitud, documentación mínima, audiencias, sentencia motivada, apelación y reglas de notificación. En la parte activa, incluso prevé que si otro Estado niega la extradición, Ecuador pueda pedir el enjuiciamiento allí, o, en ciertos casos, que la pena se cumpla en el Estado requerido. Esa herramienta puntual evita, justamente, la impunidad, que es lo que buscamos combatir, en este caso, con leyes que vayan directo a la vena del narcotráfico y los delitos graves en este país. Asimismo, creo que estamos para proponer, para analizar, para mejorar, porque reglas, en este caso, o normas perfectas no existen, pero para eso el pueblo ecuatoriano nos paga el sueldo, para justamente proponer. Por lo cual, a la Presidenta de la Comisión y a la Comisión como tal, les hago una propuesta para que puedan analizarlo en su momento, es que el procedimiento simplificado de extradición se ingrese dentro de este proyecto. Básicamente, cuando la persona requerida consiente su entrega, va a permitir acelerar el trámite. Esto va a evitar un proceso lógicamente innecesario, porque se está sintiendo lo mismo. Según el texto del proyecto, aún después de la audiencia, se prevé sentencia de apelación, pero no aparece una vía abreviada, con el consentimiento expreso del requerido. Esto incorporaría un procedimiento mucho más rápido, abreviado, respetando el derecho, lógicamente, y las garantías constitucionales, pero al consentir una persona su extradición, podríamos darle celeridad a este proyecto. Señores, cuando el crimen cruza la frontera, la justicia tiene la obligación también de cruzarla. Muchas gracias por la palabra, señora presidenta. Gracias, colegas legisladores.