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Diana Angélica Jácome Silva (100%)
Un punto de información, la asambleísta Diana Jacome. Gracias, señor presidente. Bueno, mencionar nada más que recibo con muchísima altura y respeto cuando las observaciones vienen con caballerosidad, con altura, con argumentos, bienvenido las observaciones. También lo invito a la asambleísta Molina, irnos a las casas de acogida y a la que usted ha mencionado para ir a conocer también un poco más de cerca la realidad que viven en otros espacios y así poderlo incluir dentro del informe para el segundo debate, de ser el caso, gracias a quienes están aportando con respeto. Hablar solamente en el sentido de que sí se establecen sanciones para los funcionarios judiciales y administrativos, en el artículo 3 del proyecto de agilización judicial para la adopción, sanciones que si bien puede ser una amonestación o sanciones pecuniarias, creo que va más allá de eso, va más allá en cuanto a la responsabilidad que tienen los funcionarios públicos de entender que se está tratando de la vida de los niños. Un minuto que se pierde, un minuto que un funcionario judicial, un funcionario administrativo no actúa, no emite el informe, no investiga, no se levanta, no acude, no revisa, no envía el expediente, no hace el informe, es un minuto que le roba a ese niño, es un minuto de felicidad de ese niño que pierde. Bueno, bienvenido, ya regresó el señor que me cuestionaba. Y ahí quiero decirles que ahora sí que le importe, voy a decirlo rapidísimo. Ahora le voy a aclarar, como no leyó el proyecto y hablaba que los tiempos, las citaciones, gracias por venir, le cuento, le cuento, porque no ha leído el proyecto, estamos estableciendo que un solo juez conozca la causa, el mismo juez que emitió la medida de protección sea el juez que conozca hasta el final con la sentencia de adoptabilidad. No estamos ahí ahorrando procedimiento, no estamos ahí también ayudando a ese niño para que de manera inmediata pueda tener su sentencia, que el mismo juez que emitió la medida de protección sea el que conozca hasta el final. Y también que el mismo juez que conoce el caso de un niño con hermanos sea el mismo el que lleve el caso de todos los hermanitos. No estamos también ahí ahorrando etapas procesales, pero con responsabilidad, conscientes de la realidad de un niño. Y ahí está, solo decirle, para leerle, le voy a refrescar, plazos y términos, unidad técnica de adopciones, 10 días para emitir el informe, el informe de investigación por parte de la policía y la oficina técnica, dos meses, señor. Se determina también el plazo máximo que proceda a la reinserción, seis meses, y el plazo máximo de duración del emparentamiento, dos meses, un día para la inscripción de la sentencia, un día término. Señor, ahí están los plazos, ahí están los términos, lea por favor. Y cuando quien siembra veneno, cuidado, termina atrapado en él. Nosotros actuamos con firmeza, responsabilidad y coherencia. Gracias.