🏛️ Asamblea Abierta

Asambleísta Nathaly Farinango - Sesión 105 - II Intervención

📅 Fecha: 2 de julio de 2026

⏱️ Duración: 4 minutos

🎤 Oradores: 1

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Quién habla

  • Nathaly Estefanía Farinango Delgado (4 min, 609 palabras)

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🕒 0:03 Nathaly Estefanía Farinango Delgado (100%)
Gracias, señor presidente. Generalmente yo me caracterizo por no tener discursos políticos, sino discursos técnicos y a eso me referiré. Sobre el control del lavado de activos, creo que ha sido una de las preocupaciones más grandes que ha tenido la Comisión de Régimen Económico Tributario, que precisamente es de la comisión donde sale la nueva ley de prevención, detección y combate del delito de lavado de activos, nueva ley, que aparte fue aprobado por unanimidad por la Asamblea Nacional en el anterior periodo legislativo. Y estamos tan preocupados justamente por el lavado de activos que esta reforma también incluye controles para prevenir el lavado de activos. Y es necesario nada más leer lo que va después del artículo 208, la disposición general tercera, que incluye controles para prevenir el delito de lavado de activos. También han hecho referencia a que no existe unidad de materia. Y al respecto es importante precisar, para que quede claro en el pleno de la Asamblea Nacional y sobre todo para que quede claro para la ciudadanía ecuatoriana que nos sigue por los medios legislativos, que este principio no puede realizarse desde una interpretación restrictiva, que limite la potestad legislativa de la Asamblea Nacional, sino conforma los criterios establecidos por la misma Corte Constitucional del Ecuador, que ha señalado al examen de unidad de materia, debe considerar la naturaleza del procedimiento legislativo y la existencia de una conexión razonable respecto a una o varias iniciativas legislativas. La Corte Constitucional en la sentencia número 028-12-SIN-CC y número 32-21-IN-21 y acumulados, ha establecido precisamente que dentro del procedimiento ordinario de formación de las leyes, corresponde aplicar un escrutinio de intensidad dentro del criterio de unidad de materia. En este sentido, el máximo órgano de justicia constitucional ha determinado que el principio de unidad de materia no exige una identidad absoluta o una coincidencia literal entre todas las disposiciones de un proyecto de ley, sino que permita la incorporación de normas vinculadas mediante conexidad razonable con el objeto, la finalidad o contenido temático de la iniciativa. Y esto cumple precisamente todo lo que ha sido tramitado dentro de la Comisión de Régimen Económico y Tributario. La Corte ha señalado que el análisis constitucional debe evitar dos extremos. Por un lado, criterios demasiado laxos que permitan incorporar cualquier disposición sin relación con la materia legislada y por otro lado, criterios excesivamente rígidos que impidan regular aspectos complementarios, necesarios o instrumentales para alcanzar los objetivos de la ley o un proyecto de ley que se está legislando. Bajo este criterio constitucional, la alegación de falta de unidad de materia no puede sustentarse únicamente en que una disposición aborda aspectos específicos o complementarios, sino que debe demostrarse que existe una ausencia objetiva y razonable de relación con finalidad legislativa perseguida. Eso no ha sido demostrado. Más bien ha sido demostrado de manera técnica que este proyecto de ley tiene unidad de materia, ha tenido deliberación democrática, ha tenido comparecencias, ha tenido comisiones generales, se ha cogido observaciones de legisladores, precautelando siempre que esta reforma cumpla con los parámetros constitucionales y legales que determina nuestra ley orgánica y la función legislativa. La protección de los usuarios del sistema financiero nacional es uno de los objetivos claves dentro de este proyecto de ley, porque cualquier ciudadano ecuatoriano alguna vez ha sufrido un abuso de una institución financiera y eso queremos proteger y por eso se está legislando con el mayor rigor técnico para que cuando cumpla también el procedimiento de segundo debate y se haga un informe de segundo debate, esta ley esté en vigencia para protección de cada uno de los ciudadanos ecuatorianos. Muchas gracias señor presidente, devuelvo la palabra.

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