🏛️ Asamblea Abierta

Assemblywoman Carmen Tiupul - Session 094

📅 Fecha: Fecha no disponible

⏱️ Duración: 6 minutos

🎤 Oradores: 2

📺 Video: Ver en YouTube

Quién habla

  • Carmen Yolanda Tiupul Urquizo (5 min, 603 palabras)
  • Carmen Yolanda Tiupul Urquizo (0 min, 48 palabras)

Transcripción completa

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🕒 0:23 Carmen Yolanda Tiupul Urquizo (100%)
Señor presidente, colegas legisladores y a toda la ciudadanía ecuatoriana que nos observa por los distintos medios digitales, muy buenas tardes. Hoy nos encontramos discutiendo un tema muy importante, urgente y necesario para todos los ecuatorianos, que es la reforma al código orgánico de la función judicial. La justicia que hoy por hoy, lastimosamente, para muchos ecuatorianos se ha venido a menos. Debo reconocer aspectos positivos que se encuentran en este proyecto de ley, que ya lo han mencionado a los colegas legisladores que han antecedido. Dentro de ellos, qué importante que es que urgentemente se controle los patrimonios de los distintos jueces, fiscales, operadores de justicia que están trabajando en los distintos niveles, ya sean nacionales, provinciales o en las distintas dependencias de justicia. Por otra parte, también muy de acuerdo que los concursos mérico-trocráticos, pues sean bien utilizados para la selección de jueces. Igualmente, reconocer que es necesario que se transparente justamente los distintos procesos en los cuales la justicia investigue de manera oportuna y que exista celeridad en procesos muy fuertes que, desafortunadamente, hoy por hoy, pues hemos evidenciado mucha lentitud. Sin embargo, señor presidente, he tomado la palabra porque encontramos una gran preocupación. Una preocupación en el cómo hasta el momento no se ha logrado articular o diferenciar el sistema de justicia ordinaria y el sistema de justicia indígena. He observado que sí, hay un reconocimiento formal a la jurisdicción indígena en este proyecto, pero posteriormente se introduce el artículo 21 en donde se menciona la inscripción de jueces, jueces de paz y también mencionan e involucran a la parte comunitaria. Y aquí resaltar y aclarar lo siguiente. La constitución del Ecuador es muy clara. El artículo 171 reconoce a la justicia indígena, no como un elemento que se subordina o como complementaria, sino como un aspecto jurídico. Existen instrumentos internacionales en los cuales reconoce a la justicia indígena. Desafortunadamente, con esta incorporación de esta disposición, podría interpretarse como una subordinación a las formas comunitarias y a las resoluciones de conflictos internos que por mucho tiempo venimos realizando en los...
🕒 3:22 Carmen Yolanda Tiupul Urquizo (100%)
Señor asambleísta, perdone que le interrumpa, pero por respeto a usted, quiero pedirle a todos los asambleístas que hagan silencio. Estamos discutiendo la reforma al Código Orgánico de la Función Judicial y este es el momento para escuchar. Si quieren conversar, por favor, retírese del pleno. Adelante, asambleísta.
🕒 3:48 Carmen Yolanda Tiupul Urquizo (100%)
Gracias, presidente. Estábamos mencionando que somos un Estado intercultural y plurinacional y esos dos términos no deben estar solo como letra muerta, se deben ejercer en todos los niveles de gobierno y en este sentido, en el sistema de justicia, debe ser reconocido en todas sus formas la aplicación del artículo 171. En este artículo 21 que se ha incorporado en el presente proyecto, se podría interpretar y se puede contemplar como una subordinación, porque no necesariamente se debe inscribir a juezas y jueces de paz para resolver conflictos comunitarios internos. Por ello, pasaré también las observaciones por escrito, porque es necesario, es necesario reconocer las distintas formas de convivencia, organización y sobre todo la administración de justicia en los distintos territorios del país, del Ecuador. En ese sentido, señor presidente, colegas legisladores, pues es necesario que fortalezcamos también esa mirada intercultural, pero sobre todo también el respeto estricto, estricto que deben tener los jueces, los fiscales, cuando se solicita la declinación de competencias. Y esa declinación de competencias lo realizan netamente las autoridades comunitarias, quienes hemos ya pasado por ese caminar al ser autoridades indígenas comunitarias, nos hemos encontrado con la desafortunada realidad, el desconocimiento que aún existe en las distintas dependencias de justicia. Por ello, señor presidente, colegas legisladores, nuevamente es necesario que en este proyecto también se vaya fortaleciendo esta mirada y ese respeto a lo que ya menciona la Constitución y los distintos tratados internacionales referentes a la administración de justicia indígena, que también deberían ser articuladas con la justicia ordinaria. Mi palabra, señor presidente.

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