del proyecto de ley de protección prioritaria a la mujer en el periodo de maternidad. Se ha otorgado el uso de la palabra la asambleísta. Buen día, señora presidenta de la asamblea, compañeros legisladores, y a todos los ecuatorianos que hoy nos ven a través de los diferentes medios de comunicación. Por muchos años, el estado ha tenido una deuda con las mujeres, la de cerrar esa brecha histórica de desigualdades e injusticias en el ámbito laboral. Este proyecto de ley que garantiza el derecho de protección prioritaria de la mujer en el periodo de maternidad, lo que hace es cerrar un vacío normativo y evita que decisiones administrativas continúen vulnerando los derechos de las madres.
Por eso es que esta asamblea no puede darle la espalda a la realidad y sobre todo a las necesidades de nuestras madres. El ordenamiento jurídico actual no protege de manera integral a la mujer cuando en el periodo de maternidad ella enfrenta la pérdida más dolorosa, que es la muerte de su hija o hijo. Durante años, el sistema entendió que la licencia de maternidad es únicamente para el cuidado del recién nacido, invisibilizando que este tiempo también es para la recuperación física, emocional y psicológica de la madre, porque somos nosotros, colegas asambleístas, las que sabemos lo que significa llevar una vida dentro de nosotras.
Este vacío normativo ya fue advertido y aclarado por la Corte Constitucional en la sentencia ocho setenta y ocho veinte jp veinticuatro, que determinó que la extinción anticipada de la licencia de maternidad constituye una vulneración de derechos, especialmente el derecho de protección especial a la igualdad y al cuidado. Como ya lo dije, la Corte Constitucional lo aclaró, la maternidad no se extingue con la muerte del hijo o hija, y es deber del Estado proteger a la mujer. Este proyecto recoge ese precedente, lo convierte en ley, le da seguridad jurídica a miles de trabajadoras, tanto en el sector público y privado.
Esta ley reconoce que una mujer no puede ser obligada a volver al trabajo como si el dolor dejara de existir. Es por eso que este proyecto de ley propone tres puntos importantes. Primero, establecer de manera expresa que cuando el fallecimiento del hijo o hija ocurra durante el periodo de licencia de maternidad, la mujer mantendrá la licencia por el tiempo que le reste. Eso sí, exceptuando el periodo estrictamente del periodo de lactancia. Dos, se aplica de manera informe, tanto en el sector privado como en el sector público, además en la función judicial.
Esto brinda seguridad jurídica, evitando interpretaciones administrativas que vulneren el derecho de las mujeres. Es por esto que invito a esta Asamblea Nacional a apoyar este informe, sobre todo, para proteger a nuestras mujeres y a nuestras madres. Muchísimas gracias, señora presidenta. Esta fue la intervención de la Asamblea Nacional.