🏛️ Asamblea Abierta

Asambleísta Luis Molina - Sesión 065

📅 Fecha: 27 de enero de 2026

⏱️ Duración: 8 minutos

🎤 Oradores: 1

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Quién habla

  • Luis Fernando Molina Onofa (8 min, 1230 palabras)

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🕒 0:00 Luis Fernando Molina Onofa (100%)
Tiene la palabra el asambleísta Luis Fernando Molina. Señoras y señores legisladores, quiero hacer una pequeña intervención en esto, aportando precisamente a lo que nos caracteriza que es el debate jurídico. En primer lugar, quiero hacer mención a que los argumentos planteados por el legislador Milton Aguas carecen de fundamento y eso ocurre cuando no se lee más que los artículos de la Constitución, cuando no se lee la ley y sobre todo cuando no se revisa con la minuciosidad que requiere los fallos de la Corte Constitucional. Asambleísta Milton Aguas, hay dos sentencias de Corte Constitucional sobre justicia indígena, 2013 la cocha 1, 2017 la cocha 2, le digo porque mi tesis humildemente de pregrado sí ha sido sobre justicia indígena en el pregrado, por tanto sé de lo que estoy hablando. Entonces le digo que en la sentencia 2017 de la cocha número 2 se estableció un precedente jurisprudencial importantísimo, señor Milton Aguas. ¿Cuál es ese precedente? La distinción o cómo la justicia indígena debe convivir, coexistir con la justicia ordinaria en el marco de un Estado plurinacional e intercultural que abandonó la tesis del Estado unitario de la Constitución de 1978. Entonces digamos, primerito somos un Estado plurinacional e intercultural. Significa que el ordenamiento jurídico convive la justicia ordinaria con los sistemas de justicia indígena, base del pluralismo jurídico. Y le repito, con los sistemas, porque no hay un solo sistema de justicia indígena, sino tantos como comunidades y pueblos indígenas reconocidos existen en el Ecuador. Segundo, en el caso de la cocha es interesante ese proceso porque marca la línea de qué puede conocer la justicia indígena y qué es la justicia ordinaria. Personalmente no me gusta la decisión de la Corte, pero la acato. Y lo que dijo es que todos aquellos que no tengan que ver con delitos graves y que sean temas comunitarios y civiles, la competente es la justicia indígena. Que sólo la justicia ordinaria le puede quitar competencia a la justicia indígena en los casos de graves delitos penales, asesinatos, violaciones. Por lo tanto, la resolución de un conflicto de linderos, la resolución de un terreno, el otorgamiento de tierras comunitarias, están reconocidos por precedente de la Corte Constitucional como competencia que puede también tener la justicia indígena. Esta práctica que se viene llevando, que se lleva a cabo, ya ocurre en las comunidades. Y en este momento, si es que no existen los votos para la ratificación del proyecto que fue vetado por el presidente de la República, lo que dejamos es de desregular o no regular un tema que está ocurriendo en este momento y que tiene que ver con un tema de justicia social, señoras y señores legisladores. No es un antojo del legislador, no es un antojo de un proyecto político. Lo que pasa es que tenemos tres procesos de reforma agraria, el de 1960, el de 1978 y luego el que inició el gobierno de la Revolución Ciudadana entre 2009 y 2010. Y la gran dificultad que hemos tenido en estos tres procesos, no es cierto, de reforma agraria, es que los títulos no se los entregan. Y cuando no se los entrega los títulos, los campesinos, las comunidades indígenas no pueden heredar, no pueden tener el título de sus predios. Entonces, ¿para qué? Para lo que no hace el Ministerio de Agricultura y Ganadería, para poder pedir un préstamo en un banco, para poder pedir un préstamo agropecuario que le permita desarrollar la agricultura y la ganadería, por la que el día de mañana vamos a debatir un proyecto de ley y no le permite tampoco solicitar crédito para el estudio de sus hijos. Si no hay un título de propiedad, quedan prácticamente estas tierras a la deriva. Y ese es el proyecto de ley que presentó el compañero Ricardo Ulcuango en su momento en la legislatura anterior, para permitir que la legalización de tierras que ya existen, que ya tienen sentencias de jurisdicción indígena, cumplan con el último requisito de tradición, con el último requisito de la compra que establece el Código Civil, que sean inscritas en el registro de la propiedad. ¿Y por qué llegamos a esto? Porque resulta que nosotros fiscalizamos a los troles y fiscalizamos a las alcaldías y a las prefecturas por los escándalos mediáticos, pero no les hemos dicho a las alcaldías y a las prefecturas y sobre todo a las alcaldías que son competentes, oiga señor, ¿por qué su registrador de la propiedad no reconoce una sentencia de solución de tierras? ¿Y por qué no cumple con algo que es justo, que es entregarle el título de propiedad a los campesinos, a los indígenas? Entonces, es fácil hablar desde, es fácil hablar desde el telematismo, desde el Zoom y desde Galápagos, desconociendo precisamente la realidad de las comunidades indígenas, la realidad de los pueblos nativos. Y sobre todo porque muchos de ustedes o nosotros tendremos el privilegio, o tendrán el privilegio de tener enormes propiedades en Mocolí, en Galápagos o en todo lado. Pero ¿saben qué necesitan, cuántos años o lo que significa que un propietario de la tierra, un indígena, lleve 40 años sin un título de propiedad y que ahora lo estemos negando precisamente a través de esta moción? Y ahí voy al segundo punto porque ese es importante. Este proyecto de ley ya fue tratado en primero y segundo debate. Ya tuvo el veto total del presidente de la República. No estamos de acuerdo como bancada. Por lo tanto, aquí tenemos dos opciones, ratificar o insistir en el proyecto original a pesar del veto o que no hayan los votos y este proyecto se archive y le demos la espalda al país. Esas son las dos alternativas que tenemos. Y muy suspicazmente se plantea una moción de ratificación en positivo sobre la insistencia del proyecto original. Por lo tanto, si nosotros queremos ser consecuentes con las comunidades indígenas, con las personas o con los, o con el campesino y a cada rato reivindicamos, le escuchaba el asambleísta Peña hablar maravillas del desarrollo agropecuario. Pero entonces, ¿cuál es la lógica en este momento? Que demos el voto de ratificación en el proyecto y permitamos cumplir algo que es justicia social. Una lucha que ha sido desde 1955 que el Ecuador y los congresos le han negado. Lo otro sería darle la espalda precisamente a las comunidades. Entonces, que no nos confundan con la votación en el sentido de decir qué es lo que se va a resolver. Aquí la moción es ratificar e insistir en el proyecto original desconociendo el veto total del presidente. Por lo tanto, quienes voten a favor tendremos la cara de poder regresar a las comunidades indígenas, a los cantones de Pichincha, a quien me pertenezco, a Chimborazo, a la Sierra Centra y a la Sierra Norte y decirles que hemos cumplido con el París. Los que voten en contra sabrá juzgarle la ciudadanía. Pero aquí hay que revisar antecedentes jurisprudenciales, aquí hay que revisar lo de la Corte. Y alerto para concluir mi intervención, que dije, presidente, no iba a ser muy larga, que esto puede incurrir también en incumplimiento de sentencia del caso Lacocha 2. Por lo tanto, ahora que está de moda la responsabilidad y el derecho de repetición, cuidado a los legisladores, no salen nuevamente con incumplimientos por desacatar disposiciones de Corte Constitucional. Mi palabra, muchas gracias. Gracias.

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