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Nuvia Rocío Vega Morillo (75%)
Gracias, señorita Presidente, por el uso de la palabra. Un saludo a los compañeros legisladores y al Ecuador entero que nos ve a través de los medios oficiales. También un saludo especial a mi querida provincia de Orellana y sobre todo al Cantón Francisco de Orellana que estamos de fiestas por su cantonización. Orellana, como en muchos lugares del Ecuador, es tierra de barrios donde hay una historia que se repite, una familia buscando dónde vivir tranquila, un dueño esperando que cuiden su casa y muchas veces conflictos porque la ley no es clara y no protege bien a nadie. Y es ahí la importancia de la ley que hoy estamos tratando. Una ley que hable claro y que proteja de manera justa. Todos, creo que todos en algún momento de nuestra vida hemos sido inquilinos o hemos tenido familiares que lo son. Por eso esta ley no es lejana, no es fría y no es solo para abogados. Es una ley cercana que nos toca a todos porque habla de cómo vivimos y de cómo buscamos vivir con tranquilidad y con reglas justas. Hace más de una década que esta ley de inquilinato no ha sido debidamente reformada y pues bien ha explicado nuestro ponente, el asambleísta Fernando Nantipia. Y pues en su momento esta ley fue útil, pero hoy presenta vacíos, normas confusas y disposiciones que ya no responden a la realidad del país. Y cuando una ley no es clara, lo que viene es el conflicto, vienen discusiones, abusos, demandas y procesos judiciales largos que terminan desgastando tanto al arrendador como al arrendatario. Este proyecto de ley, tratado con responsabilidad en la Comisión de Justicia, propone un marco normativo que se adapta a las necesidades reales de la ciudadanía. Uno de los principales aportes es que brinda seguridad jurídica. En palabras simples, la gente podrá saber con claridad cuáles son sus derechos y cuáles son sus obligaciones. Se mejora la regulación del control del arrendamiento. La reforma reconoce en la práctica que existen contratos escritos y verbales, pero establece reglas mínimas como el de hacerlo por escrito. Porque un contrato claro protege al propietario el cuidado de su mueble y protege al inquilino frente a cobros indebidos, cambios arbitrarios y condiciones injustas que muchas veces se ha escuchado casos que se los ha vivido. Otro aspecto importante es la clarificación de responsabilidades sobre reparaciones y el mantenimiento. Muchos conflictos nacen por no saber quién debe arreglar qué o qué cuando pasa y qué pasa cuando una de las partes incumple. Esta reforma establece reglas claras y permite bajo condiciones específicas que el arrendatario pueda realizar reparaciones necesarias cuando el arrendedor no cumple, garantizando viviendas más seguras y dignas. Y bueno, ahora también toca un tema súper importante, súper sensible, que son las garantías. Desde las comparecencias que hemos recibido en la comisión y los testimonios que uno recoge en territorio, es evidente que existen abusos, montos excesivos o garantías que no se devuelven al terminar el contrato. La reforma pone límites claros. La garantía no podrá exceder a dos meses de arrendamiento y deberá devolverse cuando finalice el contrato, siempre y cuando no existan daños o incumplimientos comprobados. Esto va a proteger el bolsillo de nuestro arrendatario y equilibra una relación de confianza entre las partes. Esta ley también incorpora la mediación como un paso previo a la vía judicial. No se obliga a nadie a aceptar acuerdos, pero se abre una puerta al diálogo buscando resolver conflictos de manera rápida, menos costosa y menos desgastante. Y al mismo tiempo, pues, también logramos descongestionar los juzgados. Asimismo, se fortalece la formalización de ciertos contratos con su inscripción en notaría, lo que brinda un mayor respaldo jurídico, transparencia y confianza, tanto para el que rienda como para quien alquila. Finalmente, se actualizan las referencias monetarias que aún constan en Sucres. Aún tenemos una ley que habla de una moneda en Sucres y pues ya se actualiza la nuestra, que es el dólar. Mantener valores obsoletos solo ha generado una confusión e inseguridad jurídica. En conclusión, estimados asambleístas y por quienes trabajamos, el pueblo ecuatoriano, esta reforma tiene una virtud política y jurídica muy clara. No rompe la estructura de la ley, no improvisa ni desordena, sino que plantea cambios puntuales y técnicamente fundamentados, tal como lo señala el informe de la Comisión de Justicia. Esta iniciativa se vincula con los derechos constitucionales como la vivienda digna, la igualdad y la seguridad jurídica, y se alinea con la planificación nacional y los objetivos del desarrollo sostenible. Por ello, este proyecto representa una oportunidad para devolverle la confianza a la ciudadanía. Por quienes trabajamos, vuelvo a repetir. Menos conflictos, más claridad, menos abuso, más equilibrio, menos judicialización innecesaria y más soluciones eficaces. Legislar, que es nuestro trabajo, también es anticiparse a los problemas, corregir vacíos y construir reglas justas para la convivencia social. Este primer debate debe permitir enriquecer la propuesta sin perderla de vista su objetivo central, que es dotar al Ecuador de una normativa moderna, clara y equilibrada en materia de arrendamiento. Muchísimas gracias.