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Annie Christina Muñoz Aroca (100%)
Gracias, señora presidenta. Estimados colegas, como lo dijo el asambleísta que me antecedió en la palabra, aún nos queda mucho camino por recorrer, pero damos este primer paso con absoluta claridad de propósito. Es lo que pensé y razoné al emitir mi voto a favor de esta ley en la comisión. El cáncer no espera y la gente que sufre no puede seguir esperando. Este proyecto tiene sus raíces en una iniciativa valiosa de nuestra ex compañera Margarita Arotingo Cushcagua, pensada originalmente para enfrentar el cáncer cervicouterino, una de las enfermedades que golpea en la actualidad con mayor fuerza a las mujeres ecuatorianas. Las cifras son claras y es verdad que es duro hablar de cifras, pero no pueden ser ignoradas. El Ecuador se registra al menos alrededor de 17 nuevos casos por cada 100.000 mujeres y cientos de mujeres cada año. Pero detrás de esos números hay madres, hay hijas, hay hermanas, hay amigas, hay familias enteras atravesando el dolor y la incertidumbre. Como resultado de los aportes realizados a esta ley, se incorporó el derecho a tratamientos ordinarios y extraordinarios. Se fortalece la estabilidad laboral de quienes luchan contra una enfermedad catastrófica. Se reconoce de manera expresa la realidad de las zonas rurales, que fue uno de los aportes que realicé, donde el acceso a la prevención, al diagnóstico oportuno y al tratamiento sigue siendo profundamente desigual. Este enfoque territorial es clave, porque el cáncer golpea con más fuerza a quienes históricamente han sido olvidados por el sistema de salud. Existen avances en la obligación del Estado de fortalecer la atención integral y la consolidación del registro nacional del cáncer, que ciertamente es fundamental para dejar atrás la improvisación y construir políticas públicas basadas en datos reales, actualizados y verificables. El artículo 41 refuerza la corresponsabilidad institucional y evita que los pacientes oncológicos queden atrapados entre trámites, papeleos y silencios administrativos cuando lo que está en juego es su vida. Esta fue una de las principales razones para que al resto de los seres humanos que habitamos en este país no le ocurra lo que le ocurrió a mi hermano, que atrapado entre trámites, papeleos y silencios administrativos, no tuvo un tratamiento oportuno y adecuado. Sin embargo, de todo esto es necesario indicar que aún se quedó por fuera del texto legal observaciones esenciales como el establecimiento de plazos máximos de pago a los prestadores externos de salud oncológica. Se ha prometido que esto se tratará en el respectivo reglamento. Deben establecerse tiempos claros de respuesta para tratamientos alternativos cuando sabemos que cada día sin atención puede marcar la diferencia entre la vida y la muerte. Si bien es cierto, la disposición general décima primera aborda la relación entre agroquímicos y salud, que es un tema muy sensible que traté en la mesa, en la comisión, y es que este ha sido un tema largamente postergado y muchas veces invalidado, especialmente para nuestras comunidades rurales y agrícolas que están permanentemente sometidas al uso de agrotóxicos que causan esta grave enfermedad, con la que conviven a diario sustancias cuyos efectos en la salud no pueden seguir siendo minimizados. Es cierto, lo reitero, reconocemos estos avances, pero por esta misma razón no podemos desentendernos de lo que sucede en otros territorios y sus particularidades. Si así como hemos incluido y hemos considerado la relación entre agroquímicos, salud y lo que sucede en los territorios de las zonas rurales, también es importante destacar que el haber apoyado esta ley dentro de la comisión no significa haber firmado un cheque en blanco, sino que me otorga el derecho de hacer un llamado firme al Ejecutivo para que se disponga el cumplimiento inmediato de la sentencia judicial 21-20-120-2170 del 29 de julio del 2021, mediante la que se dispone el estudio científico que determine los efectos de las actividades hidrocarburíferas en la salud humana de las provincias de Sucumbíos, Orellana y Napo, y la construcción de la unidad oncológica del Hospital Marco Vinicio Iza. Esta es una sentencia judicial que debe cumplirse y es una de las observaciones que uno de nuestros compañeros ingresó a la comisión como una disposición transitoria. El pago oportuno a los prestadores de servicios oncológicos también es importante tomarlo en cuenta, considerarlo dentro del reglamento y sobre todo que este reglamento recoja de manera efectiva las observaciones realizadas en comisión y que propicie que se establezcan plazos máximos de pago a prestadores externos y tiempos de respuesta ágiles para tratamientos alternativos. No queremos leyes que se queden en el papel. Queremos prevención, atención oportuna y justicia para quienes hoy enfrentan el cáncer. Tengo la fe y la esperanza que este es el principio de un camino largo que aún falta por recorrer. Hemos respaldado esta ley, sí, pero no olvidemos que vamos a seguir vigilantes, vamos a seguir exigiendo acción y ahora con mucha más razón. Vamos a seguir exigiendo eficiencia y compromiso real por parte del Ejecutivo, porque la salud no se negocia y la vida del pueblo ecuatoriano se defiende todos los días. Muchas gracias.