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Inés Margarita Alarcón Bueno (75%)
Buenos días, señor presidente, compañeros legisladores, un saludo afectuoso al pueblo ecuatoriano que sigue esta sesión. Antes de iniciar esta intervención, señor presidente, me gustaría felicitar su iniciativa de una legislación en territorio. El día de ayer la Comisión de Seguridad pudo recibir a las más altas autoridades de la provincia del Oro. Estuvimos presentes con la Policía Nacional, las Fuerzas Armadas, el Intendente General de la Policía. Estuvimos también con el señor alcalde en donde pudimos revisar cuáles son las acciones que se están llevando a cabo en cuanto a materia de seguridad en la provincia del Oro. Cuáles han sido estos alcances, cuáles son estos resultados y poder darle el seguimiento necesario para seguir avanzando con estas acciones que viene llevando a cabo el Ejecutivo en cuanto a la seguridad de la provincia del Oro. Gracias, señor presidente. Olsen es una de las políticas en donde se sienta realmente el trabajo en territorio que se ha venido haciendo. Para continuar, como es de conocimiento público, hace algunas semanas entregamos la Ley de Ciberseguridad al Ejecutivo para que su rol de colegislador envíe las observaciones y dentro del marco constitucional hemos analizado esta objeción presentada por el presidente de la República y le hemos dado el trámite correspondiente a una ley que no sólo regula lo digital, sino que protege lo que hoy sostiene al país, que son los servicios esenciales, la infraestructura digital y la continuidad operativa del Estado. Esta ley entiende que la seguridad digital también es un problema social y por eso se han incorporado contenidos de seguridad digital en la malla curricular promoviendo la alfabetización digital, tecnológica y fortalece las capacidades del sistema educativo, porque la ciberseguridad no empieza en los sistemas, empieza en las personas y es ahí donde el Estado ecuatoriano tiene que anticiparse y dejar de actuar de manera reactiva. Hemos analizado de manera técnica, jurídica y responsable el veto enviado por el presidente de la República, donde incluye precisamente prevenir, proteger y actuar con responsabilidad frente a riesgos reales. Es así que estamos frente a una ley que fortalece a partir de todas las observaciones entregadas desde el Ejecutivo con claridad, coherencia para la normativa y su aplicación. En este sentido, señor presidente y compañeros legisladores, debemos reconocer el aporte del Ejecutivo a través del presidente Daniel Novoa, cuyas observaciones no cambian el rumbo de la ley, pero sí contribuyen a garantizar una ley más clara, coherente, pero sobre todo aplicable. En este sentido, la objeción parcial del Ejecutivo no altera el fondo de la ley, no cambia su finalidad, no modifica su estructura, lo que hace es corregir, ajustar y perfeccionar los aspectos técnicos que son indispensables para una correcta aplicación. La comisión con responsabilidad ha analizado cada una de estas observaciones y por ello les indicamos a este Pleno de la Asamblea Nacional la objeción parcial por inconveniencia y que hemos aceptado estas observaciones. Al artículo 6 específicamente, a los artículos 20A, 20Q, 20S, 20T, 20U y 20X, así como al artículo 13 a las disposiciones generales primera y sexta del proyecto de ley orgánica para el fortalecimiento de ciberseguridad, dentro de este informe no vinculante, hemos presentado a este Pleno de la Asamblea Nacional que se ha identificado las disposiciones como el artículo 20A y 20Q, se extiendan las remisiones. ¿Cambia el contenido de esta ley? No, afecta su contenido tampoco, pero sí mejora la claridad y la precisión y sobre todo la seguridad jurídica. Es fundamental cuando estamos regulando un ámbito tan sensible como lo es el de la ciberseguridad. De igual manera, en materia sancionadora, el Ejecutivo advierte una contradicción interna respecto a la tutelaridad de la potestad sancionador. Mientras una normativa atrevoía esta facultad directamente al ente rector, otras disposiciones establecían que esto corresponde prioritariamente a los órganos especializados, dejando al ente rector una función subsidiaria. ¿Qué significa esto en términos prácticos? Que de no corregirse podríamos generar conflictos de competencia, duplicidad y sanciones y en el peor de los casos, inseguridad jurídica y eso no es admisible en un régimen sancionador. Es por eso que las observaciones del artículo 20S, 20T y 20U no modifican las sanciones, sino que corrigen que se debe aplicar garantizando la coherencia dentro de este sistema. Asimismo, el artículo 20X se amplía correctamente la aplicación de los criterios de graduación, para que no se limite únicamente a infracciones muy graves, sino a todo el régimen sancionador, fortaleciendo el principio de proporcionalidad. En el artículo 13 del proyecto de la ley orgánica de fortalecimiento de ciberseguridad, relacionado con el artículo 108 de la ley orgánica de telecomunicaciones, el cual su objetivo era ampliar el acceso al internet satelital, el ejecutivo introduce ajustes que garantizan coherencia con el marco regulatorio de telecomunicaciones, evitando distorsiones en la competencia y respetando el principio de neutralidad tecnológica. De igual manera, se corrigen inconsistencias institucionales importantes. Se aclara quién ejerce la rectoría en materia de ciberseguridad, evitando duplicidades normativas en la disposición general primera, y elimina la referencia al sistema nacional de ciberseguridad que no estaba definido en la ley, corrigiendo un problema de técnica legislativa en la disposición general sexta. Por ello, la comisión recomienda el allanamiento por inconveniencia a estas observaciones, porque perfeccionar la ley también es parte de legislar. Hoy estamos llamados a votar por la calidad de la ley y por la claridad de la misma. Estamos votando también por la seguridad jurídica, por la eficacia de un sistema que busca proteger algo tan esencial como los servicios digitales, que dependen millones de ecuatorianos. La ciberseguridad, señores legisladores, y pueblo ecuatoriano no es un tema aislado, y por eso este informe no vinculante representa una decisión técnica y responsable, porque legislar con responsabilidad también implica reconocer cuando un texto puede mejorar y le puede dar claridad y seguridad jurídica al pueblo ecuatoriano. Hoy tenemos la oportunidad de hacerlo y cerrar este proceso con una ley sólida, aplicable, pero sobre todo alineada a los desafíos que hoy requieren nuestro país. Por ello, con responsabilidad, compañeros legisladores, les invito a que respalden este informe no vinculante presentado por la Comisión de Seguridad, en donde hablamos del allanamiento y las objeciones parciales remitidas desde la Presidencia de la República, porque tenemos amenazas reales que hoy enfrenta nuestro país en el ámbito digital. No hay espacio, compañeros legisladores, hoy para cálculos políticos. Hoy estamos al frente de entregarle una ley sólida al Ecuador, una ley que conecta con los desafíos que hoy vivimos en las plataformas digitales y en el ciberespacio, del cual no somos ajenos. Recordarles ecuatorianos y señores legisladores que somos el tercer país con más ciberataques en la región y somos uno de los países que hoy tendrá una ley que le permitirá conocer a los ecuatorianos cuáles son sus derechos digitales, pero a través de la reconstrucción del tejido social, a través de la educación. Señores legisladores, he presentado la moción, señor presidente, he presentado la moción para que pueda ser votada y pedirles el respaldo para allanarnos a esta normativa, darle solidez, clarificación y seguridad jurídica a la ley del fortalecimiento de la ciberseguridad. Gracias señor presidente, gracias colegas legisladores.