Muchas gracias, señor Presidente, colegas asambleístas, pueblo ecuatoriano que nos ven y nos escuchan a través de los diferentes medios de comunicación. Intervengo como asambleísta del Oro, una provincia netamente fronteriza, productiva y comercial, que conoce el verdadero significado de exportar, de importar, de cruzar fronteras y enfrentar los problemas reales del comercio exterior. Por eso quiero empezar con toda honestidad. Si existe un problema con la carga abandonada, si hay congestión, si hay costos y si hay trámites que se deben mejorar, por supuesto, pero una buena intención no convierte en una buena, una mala reforma.
Este proyecto se presenta como una modernización aduanera, pero en varios puntos termina ampliando facultades para disponer de bienes, reduciendo garantías y concentrando decisiones patrimoniales en una sola entidad. Se ha querido instalar una idea peligrosa, lo considero, que como en comercio exterior el tiempo es importante, por supuesto, entonces las garantías pueden achicarse. Cuidado con eso, colegas asambleístas. El tiempo es importante, sí, pero el debido proceso no es un estorbo. La seguridad jurídica no es burocracia. La propiedad no es una molestia administrativa. También se ha dicho, casi como frase de lanzada al aire, que si alguien no justifica una mercancía o un vehículo es porque entró por contrabando.
Eso no es derecho, eso es prejuicio. No todo cumplimiento o incumplimiento administrativo es contrabando. No, puede haber fuerza mayor, enfermedad, accidente, errores documentales, trámites pendientes o derechos de terceros. El Estado no puede legislar como si todo ciudadano fuera culpable hasta que se demuestre lo contrario. En el artículo 123 se incorpora el decomiso de medios de transporte que hayan ingresado aludiendo control adonero, pero la notificación se dirige al Estado del cual se presume su procedencia sin garantizar con claridad la notificación efectiva al propietario, al poseedor, al arrendador, a la aseguradora o al tercero con derecho legítimo.
Y si una persona no se entera, preguntamos, ¿cómo se defiende? Un recurso que existe solo en papel no protege absolutamente a nadie. En el artículo 143 se regula el abandono definitivo del vehículo de uso privado del turista. También aquí se intentó simplificar el debate diciendo que ese vehículo siempre debe ser manejado por su dueño. Eso no es exacto. La propia SENAE y su reglamentación reconoce casos de vehículos alquilados o vehículos que no pertenece al conductor siempre que exista el documento o la documentación habilitante. Entonces, si la ley permite perder definitivamente ese vehículo, debe proteger no solo al conductor, sino también al propietario, al arrendador o al tercero autorizado.
Además, el texto dice que si pasa un mes desde la retención y no se presenta acción alguna, se declara el abandono definitivo. Preguntamos, ¿qué es acción alguna? Una solicitud, un reclamo, una demanda, una suspensión del trámite. ¿Qué ocurre si hubo enfermedad, accidente o imposibilidad real? La ley no puede dejar preguntas tan graves abiertas cuando la consecuencia es de perder un bien. El artículo 112 también cambia una regla muy sensible. La normativa aplica ya no sería la vigente a la fecha de embarque, sino a la fecha de aceptación de la declaración aduanera.
Eso puede afectar la previsibilidad de quien embarcó una mercancía bajo unas reglas y llega al país con otras. En el punto más delicado está en el artículo 204.1. Sena ya tiene competencias aduaneras. Nadie lo puede negar. Pero esta reforma intensifica su poder. Custodia, inventaría, avalúa, regula el procedimiento, decide adjudicar o subastar y además puede recibir bienes. Eso no es una simple eficiencia, es una concentración riesgosa de funciones. El proverbio dice que no se debe poner al zorro a cuidar al gallinero. Aquí no se trata de atacar instituciones, se trata de defender un principio básico.
Quien controla no debe beneficiarse del bien controlado sin contrapeso suficiente. El país necesita una aduana moderna, por supuesto, pero también necesita límites al poder. Necesita puertos ágiles, pero también propietarios protegidos. Necesita comercio fluido, pero también reglas claras. Por eso aún llamado, colegas asambleístas. No confundamos modernización con concentración de poder. No confundamos agilidad con reducción de derechos. No confundamos carga abandonada con carta blanca para disponer de bienes. Por responsabilidad con mi querida provincia del oro, con los operadores honestos, con los ciudadanos que pueden verse afectados y con la seguridad jurídica del país, anticipamos que nuestro voto será en contra en este proyecto de ley.
Muchas gracias, señor presidente.