🏛️ Asamblea Abierta

Assemblywoman Diana Jácome - Session 084

📅 Fecha: Fecha no disponible

⏱️ Duración: 4 minutos

🎤 Oradores: 1

📺 Video: Ver en YouTube

Quién habla

  • Diana Angélica Jácome Silva (4 min, 501 palabras)

Transcripción completa

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🕒 0:04 Diana Angélica Jácome Silva (75%)
Gracias, señor presidente, colegas asambleístas, ecuatorianos que nos observan a través de las diferentes plataformas de la Asamblea Nacional. Hoy no sólo cumplimos con una formalidad institucional, sino con una importante atribución y ejercicio dentro de nuestras competencias, que es el control político. En cumplimiento a lo dispuesto en el Pleno de la Asamblea Nacional en la resolución número 57 del 20 de enero del 2026, la Comisión Especializada Permanente de Transparencia, Participación Ciudadana y Control Social, que la cual presido, conoció y resolvió el informe anual de labores de 2025 presentado por la presidenta del Consejo Nacional Electoral, esto de conformidad del artículo 47 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa. Posteriormente, luego de un análisis integral del contenido del informe anual de labores, la Comisión Especializada Permanente de Transparencia, Participación Ciudadana y Control Social verificó que en el periodo de enero a diciembre de 2025, el Consejo Nacional Electoral cumplió con las atribuciones establecidas en el artículo 219 de la Constitución de la República del Ecuador, así también con el artículo 25 de la Ley Orgánica Electoral y Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia, dado que organizó y ejecutó los procesos electorales correspondientes a las elecciones generales 2025, elección de alcalde y concejales del Cantón Sevilla, Don Bosco, de la provincia de Morona, Santiago, elección de vocales de la Junta Parroquial Rural Shuar Pastaza, del Cantón Pastaza, de la provincia Pastaza y el Referéndum y Consulta Popular 2025. En los procesos electorales desarrollados en el periodo de enero a diciembre de 2025, el Consejo Nacional Electoral aseguró la participación y el ejercicio del derecho al voto de los electores, tanto a nivel nacional como del exterior, conforme el registro electoral con la participación de todos los ciudadanos en elecciones generales 2025 y también en el Referéndum y Consulta Popular 2025. De la misma manera, en los procesos electorales desarrollados en el periodo de enero a diciembre de 2025, el Consejo Nacional Electoral realizó pruebas técnicas y simulacros previos al día de las elecciones, así como también garantizó la observación electoral, lo que permitió asegurar la confiabilidad y la transparencia de los procesos electorales, evidenciándose una gestión orientada a asegurar la certeza y la seguridad jurídica del sistema electoral y la confianza dentro de la ciudadanía en el ámbito democrático. Señor Presidente y colegas asambleístas, de lo señalado anteriormente, se puede constatar que el Consejo Nacional Electoral cumplió con sus competencias constitucionales y legales, conforme los principios que rigen la Administración Pública establecido en el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador. En tal virtud, en mi calidad de asambleísta nacional de la República del Ecuador, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 135 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, mociono que el Pleno de la Asamblea Nacional apruebe la resolución remitida a la Secretaría General respecto a la aprobación del Informe Anual de Labores 2025, presentado por la Presidenta del Consejo Nacional Electoral. Gracias. Gracias.

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