🏛️ Asamblea Abierta

Asambleísta Mariana Yumbay - Sesión 064

📅 Fecha: 22 de enero de 2026

⏱️ Duración: 11 minutos

🎤 Oradores: 1

📺 Video: Ver en YouTube

Quién habla

  • Mariana Yumbay Yallico (11 min, 1102 palabras)

Transcripción completa

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🕒 0:06 Mariana Yumbay Yallico (75%)
Y muy buenos días también al pueblo ecuatoriano. ¿Cómo no saludar esta iniciativa de proyecto de ley orgánica de desarrollo agropecuario, teniendo en cuenta que el sector agropecuario ha sido el más abandonado a lo largo de la historia? El Ecuador está atravesando una crisis en los distintos ámbitos, pero el sector agrícola ha sido permanentemente descuidado, abandonado. Pese a que los agricultores pequeños y medianos son los que garantizan la soberanía alimentaria, son los que garantizan que los alimentos en casi más del 60% lleguen a nuestras mesas y los que más han aportado con la creación de empleo han sido olvidados. En ese sentido, debo decir que este proyecto de ley representa un avance al actualizar el marco normativo del sector y proponer una visión integral de la actividad agropecuaria, al abordar la cadena productiva en su conjunto, desde la producción hasta la comercialización. El proyecto también debo decir que supera los enfoques fragmentados y reconoce que el desarrollo del agro depende no sólo de la siembra, sino del acceso efectivo a los mercados, situación que no se les ha garantizado. El proyecto también presenta avances al establecer una política pública agropecuaria orientada a ordenar la institucionalidad del sector, fortalecer la coordinación entre el ente rector, las entidades técnicas, la investigación y los mecanismos de control, así como consolidar el registro nacional de productores agropecuarios. Pero aquí hay que establecer que nadie se quede fuera. Si logramos que se implemente, esta política puede mejorar la planificación pública y fortalecer la actividad agropecuaria. De la misma forma hemos visto que se incorpora un sistema de seguros frente a los riesgos climáticos y biológicos, lo que representa un avance al pasar de una lógica reactiva a una visión totalmente preventiva, que va a favorecer enormemente a los agricultores, porque hay miles de agricultores que no tienen ningún seguro y cuando pierden sus cosechas, nadie les ayuda. Finalmente, destaca el impulso a la investigación, la innovación y la transferencia tecnológica como pilares para mejorar la productividad, sostenibilidad y competitividad del sector. Aquí tienen un papel clave de involucrarse en la academia. Vemos que la academia está por cualquier lado, pero no está aportando a este trabajo de innovación, de investigación. Sin embargo, de estos avances, yo quiero señalar que sí hay vacíos normativos y que deben corregirse si realmente queremos que esta normativa permita resolver la situación del sector agroproductivo. Primero, el proyecto mantiene una visión totalmente centralista. Se debe corregir incorporando una participación plena y efectiva y vinculante de los productores, de los pueblos y nacionalidades, del pueblo y también del sector de la economía popular y solidaria, ya que la soberanía alimentaria se construye desde el territorio y no desde los escritorios. Segundo, es indispensable establecer precios de garantía para los productores agropecuarios. Hoy, miles de pequeños agricultores producen sin ninguna certeza, sin saber si lograrán recuperar su inversión, si podrán pagar sus deudas o si el intermediario les impondrá precios injustos. Esto no es un libre mercado, es una profunda asimetría de poder. Por ello, la ley debe incorporar de manera expresa precios mínimos garantizados, definidos con criterios técnicos, focalizados en pequeños y medianos productores y aplicables a productos estratégicos para la soberanía alimentaria. Sin precios de garantía, esta ley dejará al agricultor huérfano siempre frente a la especulación. Tercero, el artículo 3 debe corregirse. Debe corregirse para establecer de forma inequívoca la prohibición de actividades agropecuarias o extractivas en áreas protegidas, páramos, humedales y zonas de recarga hídrica, ya que el desarrollo del agro no puede destruir su base ecológica. Sin agua, sin biodiversidad, no hay futuro para el sector, porque la prohibición, por eso la prohibición debe ser definitiva y sin excepcionalidades, garantizando además la protección del derecho a la libre determinación y al territorio de los pueblos y nacionalidades. Cuarto, el Consejo Consultivo Agropecuario previsto en el artículo 18 no puede ser un espacio meramente tecnocrático, debe reflejar la diversidad real del país. Es indispensable que se incluya con voz y voto al menos un delegado de los pueblos indígenas, un delegado del pueblo afro y un delegado del pueblo montuvio como actores permanentes en la toma de decisiones. Quinto, el derecho a la asociatividad contemplado en el artículo 20 es positivo, pero no puede imponerse de manera uniforme. La ley debe dejar claro que la asociatividad es voluntaria, que no puede fragmentar comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, montuvios ni afroecuatorianos, ni alterar los territorios comunitarios, ni formas propias de organización. El Estado no puede exigir esquemas organizativos ajenos a su derecho propio y la cosmovisión comunitaria como condición para acceder a los derechos o beneficios. Ahora mismo, el Ministerio de Agricultura y Ganadería, incumpliendo la sentencia de la Corte Constitucional en el caso de la TOC, ya sigue imponiendo requisitos administrativos, modelos únicos de estatutos y procesos de registro, forzando a las comunidades indígenas a adecuarse a estructuras jurídicas externas para obtener personerías jurídicas. Esta imposición desconoce la diversidad organizativa, desconoce los derechos colectivos, desconoce el carácter de lo que el Ecuador es un Estado totalmente plurinacional y los pueblos indígenas tenemos derechos específicos por los cuales hemos luchado a lo largo de los años. Sexto, el seguro agropecuario debe asumirse como una responsabilidad indelegable del Estado, ya que los agricultores, pese a ser los principales inversionistas del país, son los menos protegidos. No puede responder a una lógica del mercado ni del sector privado, sino constituirse en una política pública garantizada especialmente para los pequeños productores, financiada o subsidiada por el Estado, que sea accesible, oportuna y cobertura frente a riesgos climáticos, plagas y pérdidas productivas. Séptimo, es necesario ampliar la visión de los mercados, ya que la política comercial no puede seguir beneficiando a unos pocos productores. Los pequeños agricultores producen una diversidad de alimentos que deben incorporarse en las negociaciones internacionales, acceder a programas de exportación asociativa y recibir el apoyo para cumplir estándares sanitarios. Octavo, el fomento del cultivo de plantas medicinales establecida en el artículo 54 no puede abrir la puerta al despojo ni a la apropiación privada de los conocimientos ancestrales. La ley debe garantizar el respeto a la propiedad colectiva, la protección de los saberes ancestrales y la prohibición expresa de patentar los conocimientos indígenas. Finalmente, dos elementos. Uno, no existe soberanía alimentaria sin soberanía hídrica y territorial, por lo que la ley debe fortalecer también la protección del agua, la conservación de páramos y humedales. Y por otra parte, hay un derecho constitucional de los pueblos y nacionalidades, que es la consulta prelegislativa. Este derecho tiene que garantizarse para la aprobación de esta iniciativa. Con eso, muchas gracias.

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