Tiempo máximo de 30 minutos.
Asambleísta Ana Belén Tapia - Sesión 073
Clip oficial con una sola intervención de Ana Belén Tapia Vallejo.
Quién habla y cuándo
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Alrededor de 30 minutos le tomó al legislador Juan Andrés González ejercer su derecho a la defensa. En estos momentos interviene la asambleísta Ana Belén Tapia.
la tarde de hoy. Voy a empezar, tenía yo aquí mi guión, pero voy a empezar diciendo que usted ha manifestado, asambleísta González, que no se persiga al pueblo ecuatoriano. Y yo le voy a pedir que no tome el nombre del pueblo ecuatoriano, porque el pueblo ecuatoriano sí es honesto, ético y valiente. Cosa que acá vamos a dejar claro que no es usted. Comparezco aquí, señor presidente, colegas asambleístas, porque juré cumplir y hacer cumplir la ley. Cuando esa ley es vulnerada por una persona que conforma este hemiciclo, el silencio se convertiría en complicidad.
Y en este caso, desde el primer momento he pensado y justamente desde el primer momento que recibí la denuncia he actuado acorde a mis principios éticos, morales, porque yo sí los tengo. Voy a exponer la denuncia que recibí en mi despacho el 10 de diciembre del 2025 a las 20 horas de un minuto, una denuncia formal, documentada, respaldada, calificada por el Consejo de Administración Legislativa y tramitada ante el Comité de Ética conforme a la Ley Orgánica de la Función Legislativa. Esta denuncia llega a mi despacho en la fecha que acabé de mencionar y fue remitida por el señor Elvio Hernán Robles Chanay, que era el ex asistente del asambleísta Juan Andrés González Salviar.
Este correo contenía una denuncia en la cual se describía una serie de hechos que ustedes pudieron escuchar en la lectura del informe del Comité de Ética, pero que sobre todo configuran una de las conductas más graves y nefastas que puede cometer un legislador. Exigir y recibir aportes económicos de su propio equipo. Y aquí no se han dicho las verdades porque cuando no hay argumento, la estrategia es el ataque. Aquí el asambleísta González ha hablado de procesos de fiscalización que ya se han hecho por parte de esta bancada, que están en la Contraloría, que están en la Fiscalía y que están en los procedimientos respectivos.
Ha tratado de venderle humo al pueblo ecuatoriano. Ha tratado de distraer la atención de lo que realmente importa. ¿Qué quería asambleísta González? ¿Que nos quedemos con la denuncia de su ex asistente guardada en el cajón del escritorio? No, no lo íbamos a hacer. Porque quien le habla tiene las credenciales éticas y morales para poder poner la denuncia correspondiente. Esa era mi obligación legal y moral frente al pueblo ecuatoriano. El señor Robles, dentro de todo este proceso, no ha expresado diferencias personales ni desacuerdos políticos. Habló de presiones, exigencias económicas reiteradas, condicionamientos laborales y de un ambiente laboral de hostigamiento permanente.
Y no solamente lo voy a decir, voy a presentar pruebas, pruebas que usted, asambleísta González, ha omitido. No sé si por vergüenza o porque no le conviene. Pero aquí vamos a ver la versión del denunciante. Vamos a escuchar los audios para que el pueblo ecuatoriano pueda escuchar en el estado en el que usted conversaba con su asistente y la forma en la que hablaba y de lo que hablaban. Vamos a mostrar los chats en donde se le pidió a su asistente al 21 de mayo del 2025, es decir, a pocos días de habernos posesionado, que le entregue dos mil dólares.
Y usted mismo, desde su chat, le envió el número de cuenta al que tenía que transferir ese monto. ¿Por qué no habló de eso? ¿Por qué no dice eso? ¿Por qué no lo dijo aquí en el Pleno de la Asamblea Nacional? Y ha tratado de decir que se desvanece la infracción o la prohibición que tenemos todos los asambleístas, que está contenida en el artículo 163, numeral 4 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, diciendo que ha devuelto. Pero no le cuenta al pueblo ecuatoriano que no devolvió usted, devolvió a su señora madre, porque ya sabía que le iban a denunciar.
Y después de que le devolvió ese dinero por las presiones que hicieron, entonces ahí sí lo desvinculó de su despacho. Pero no se preocupe, porque aquí vamos a ver en todas las pruebas que nosotros tenemos, el pueblo ecuatoriano va a poder ver con claridad lo que es la verdad. Aquí no es pasar el tiempo, es darle a esta Asamblea la legitimidad, la credibilidad que el pueblo ecuatoriano se merece. No podemos seguir normalizando ni naturalizando estas conductas que, como dije, son nefastas, por decirlo de alguna manera.
Quiero empezar yo dando a conocer de forma muy concreta los hechos. Para comprender la gravedad de este caso, voy a comentarles que, como bien dije hace un momento, todo lo que voy a decir está debidamente respaldado en el expediente que consta en el comité de ética y que revelan un patrón de conducta de parte de la bancada que usted es coordinador, asambleísta González. Es un patrón, porque ya lo hemos visto antes. Como usted bien manifestó, ya le voy a pedir, señor secretario, señor presidente, que me autorice y el señor secretario que pueda pasar una presentación de las pruebas que se han presentado para poder seguir haciendo mi intervención, por favor.
Autorizado.
Como se mencionó al principio, en el anexo 1 podemos observar que efectivamente el señor Elvio Hernán Robles Chañay fue contratado como asistente del despacho del asambleísta Juan Andrés González, pero no porque era infiltrado, ya se van a enterar más luego con una foto cómo el señor Elvio Robles participó en la campaña del señor González, prestándole su camioneta, que está totalmente brandeada de la cara de la ex candidata a la presidencia y también del señor González. Entonces, a modo de pago, por haber estado en la campaña, le contraten su despacho como asistente.
Así que decir que es un infiltrado, perdóneme, asambleísta González, hasta dónde puede llegar realmente, caer tan bajo realmente. Aquí está el memo con el que el mismo asambleísta González pide la contratación del señor Robles. Creo que es importante, aquí, por favor, no sé si le pueden pasar a la siguiente diapositiva. Aquí no se ve con tanta claridad, le hemos tratado de extender, pero aquí claramente se puede observar que en mayo del 2025 se hace justamente la transferencia del dinero solicitado por el asambleísta Juan Andrés González, que esto también está debidamente probado, documentado y materializado y que corrobora esta transferencia y este pedido con los chats que se encuentran, que ya lo van a ver más adelante en un video que voy a presentar también, pero que lo tenemos aquí, está notariado.
Un notario público ha dado fe pública de que estos chats existen. Y en estos chats el asambleísta Juan Andrés González le remite el número de cuenta del señor Francis Sánchez, que como ustedes pudieron ver en el memo anterior, en la diapositiva anterior, fungía como su asesor 1 del despacho. Y de hecho le hace un desglose y le dice, de 2 mil dólares, menos 179,98 de pasajes aéreos y menos 51 de gasolina super, hay que transferir 1769,02 centavos. El señor Elvio Robles le pasa un chat al señor Francis Sánchez y le dice, esta cuenta me envió Juan Andrés, me sale que es del Banco Pichinche, es correcto, y su asesor le dice, es mi cuenta, y le envía el comprobante de la transferencia del dinero.
Esta transferencia de dinero fue un pedido que no tuvo en principio una respuesta inmediata, sino que más bien tuvo una respuesta porque este pedido realizado por el asambleísta Juan Andrés González no cesó, se reiteró, y de hecho les voy a decir, y consta en el expediente del Comité de Ética, que el asambleísta Juan Andrés González indicó que sí, que le había pedido los 2 mil dólares porque él venía de dos o tres campañas, no recuerdo, y que económicamente estaba muy mal, entonces le quedó fácil pedirle a su asistente que le dé 2 mil dólares para sus gastos personales aquí en la ciudad de Quito.
O miento, porque eso fue lo que manifestó dentro del Comité de Ética. Por otro lado, creo que es importante indicar un detalle que jurídicamente es revelador. ¿Por qué? Porque demuestra que no estamos frente a un relato impreciso. Existe el cálculo específico, una instrucción concreta y un monto determinado. Le voy a pedir, señor presidente, que me autorice que el señor secretario pueda leernos del artículo 163, numeral 4 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, por favor.
Autorizado.
Con su autorización, señor presidente, procedo a dar...
La lectura de lo solicitado.
Artículo 163. Prohibiciones a las y los asambleístas. Las y los asambleístas ejercerán una función pública al servicio del país, actuarán con sentido nacional, serán responsables políticamente ante la sociedad de sus acciones u omisiones en el cumplimiento de sus deberes y atribuciones, y estarán obligados a rendir cuenta a sus mandantes. Las asambleístas y los asambleístas no podrán, numeral 4, percibir dietas u otros ingresos de fondos públicos que no sean los correspondientes a su función de asambleístas, que incluirá la recepción de supuestos derechos, comisiones, cuotas, aportes, contribuciones, rentas, intereses, remuneraciones o gratificaciones no debidas por parte del equipo de trabajo a su cargo.
Hasta aquí la lectura, señor Presidente.
Muchas gracias, señor secretario, señor prosecretario. Aquí creo que es importante dejar claro cuál es la prohibición expresa en la norma. Aquí no dice que si pido y devuelvo ya no está cometida la infracción. Aquí hay que dejar claro que existió el pedido, que existió la entrega del dinero y que claro que hubo la devolución después de cinco meses cuando ya iba a ser denunciado el asambleísta Juan Andrés González y a modo de taparle la boca a su ex asistente le devolvieron lo que le había pedido.
Y esto se va a probar con un audio que más adelante vamos a escuchar. Por favor, le pido que pase la siguiente diapositiva. Pero este caso, el pedido de los dos mil dólares, no es un hecho aislado, no es un solo episodio. Luego en el relato del denunciante describe que durante el tiempo que trabajó con el asambleísta Juan Andrés González le impusieron diversos gastos de carácter personal del asambleísta. Pasajes aéreos, combustible, sígale pasando por favor, la cuatro, la cinco y la seis. Pasajes aéreos, combustible, renovación de licencia, multas de tránsito, pasaporte diplomático, medicamentos.
Entonces, aquí debemos detenernos un momento a preguntarnos, compañeros asambleístas, ¿son estos gastos institucionales? ¿Forman parte de las funciones legislativas de un asistente? ¿Existe normativa que obligue a un asistente a financiar gastos personales de un legislador? La respuesta rotunda es no. Por eso he pedido que se lee el artículo 163, numeral 4, porque en cambio sí existe una prohibición expresa en la ley orgánica de la función legislativa para realizar este tipo de acciones. Y cuando gastos personales son trasladados a un subordinado bajo relación jerárquica, que es este caso, se configuran en una utilización indebida del cargo que ostenta como asambleísta.
Adicionalmente, como parte del testimonio del señor Elvio Robles, se exhibió ante el Comité de Ética un documento manuscrito y suscrito por parte del denunciado y del denunciante del 5 de agosto del 2025, en donde constan valores asociados, como dije, al tema del polarizado del vehículo, a multas de la NT, implementos de limpieza del vehículo, e incluso a medicación que el asambleísta había solicitado a su asistente, que no es como ha manifestado el asambleísta González, que le pidió e inmediatamente le devolvió. No, no, no. No es así.
Y si vamos a la cronología, entonces vamos a la cronología. Los dos mil dólares se piden en mayo y se devuelven en septiembre por parte de la madre del asambleísta, Juan Andrés González. El dinero, o más bien los gastos personales, son desde mayo hasta agosto y recién se devuelven después de tres o cuatro meses. No es que yo le pedí, le devolví como un favor, porque es un tema de confianza, etcétera, etcétera. No, no, no. Eso no es real. Lo real aquí es lo que consta en documentos y que tiene la firma del mismo asambleísta, Juan Andrés González.
Es decir, estas devoluciones con las que se trata de encubrir el cobro de diezmos, se hicieron después de varios meses, cuando la relación laboral ya estaba bastante complicada por todos los temas que ustedes van a escuchar más adelante. Permítanme ser absolutamente clara. Ese argumento no solamente es jurídicamente incorrecto, sino que es institucionalmente inaceptable. ¿Cómo los ecuatorianos podemos estar tranquilos sabiendo que, con el dinero de nosotros, con el dinero de todos los ecuatorianos, un asambleísta, o más bien la asamblea, le paga a un asistente de un asambleísta para que le haga temas personales, como por ejemplo, conducirle el auto, ir a retirar al tío del aeropuerto, ir a hacer temas personales, hasta acompañar a otros asambleístas en otras provincias con los gastos todos pagados.
Esos no son temas institucionales. Para eso no está el equipo que está bajo nuestro mando en cada uno de los despachos. La norma, justamente el artículo 163, numeral 4, protege la integridad de la relación jerárquica, protege al subordinado frente al abuso estructural del poder. Si aceptáramos que la devolución posterior borra la infracción, estaríamos justamente legalizando una práctica gravísima, como la que es que un legislador podría solicitar dinero a su equipo, esperar que nadie le denuncie y si alguien se atreve a reclamar, devolverlo estratégicamente para evitar la sanción.
Eso es lo que nos ha dicho el asambleísta Juan Andrés González en su defensa. Esto no sería ética parlamentaria. Pasaría a ser un sistema de impunidad condicionado al silencio porque la lesión jurídica ya ocurrió. Aquí no se trata de deliberar si el dinero fue devuelto o no. Se delibera si se exigieron valores y si es que estos valores fueron recibidos. Y eso, señoras y señores asambleístas, está acreditado tanto en las pruebas documentales y testimoniales que constan en el expediente, así como en el análisis del informe del Comité de Ética.
Y ahí yo me quiero referir a las pruebas aportadas. En este sentido, la denuncia presentada no fue una declaración aislada, pues dentro del trámite ordinario que se llevó a cabo, se acompañó prueba documental, formalmente materializada y testimonial también. Asimismo, en el expediente consta la materialización del correo electrónico que recibí en mi despacho el 10 de diciembre del 2025 con lo expuesto por el señor Elvio Robles. La prueba aportada en este proceso cumple plenamente con los requisitos exigidos en el debido proceso. Es pertinente porque se refiere directamente al hecho investigado.
La recepción de aportes económicos provenientes del equipo de trabajo es conducente porque los comprobantes bancarios, las conversaciones materializadas notarialmente y la certificación documental son medios idóneos para demostrar la existencia de la transferencia y de su contexto. Es útil porque permite esclarecer de manera objetiva el monto, la fecha, la cuenta receptora y la relación jerárquica existente. Y es lícita, ya que fue obtenida e incorporada conforme a derecho. Por favor, señor presidente, solicito que se reproduzca el video que ha enviado a secretaría.
Autorizado.
por todos los funcionarios
Hablo por todos los funcionarios públicos que no se acercan a esta mesa técnica, a la Comisión de Ética, a denunciar casos como estos que me sucedió por temor a represalias. El 16 de enero del 2025 conocí al señor Juan Andrés González en aquel entonces en una sede de campaña y él ahí conoció que yo tenía un vehículo doble cabina, el cual lo utilizó en toda su campaña. En esta conversación que mantuvimos me pidió que me uniera a su equipo de trabajo de campaña. Una vez que ya terminó la campaña y el señor asambleísta fue electo, me invitó a trabajar acá en la ciudad de Quito ya en la Asamblea Nacional.
El 10 de mayo me solicitó que compre con mi tarjeta de crédito dos pasajes aéreos para sus padres, pasajes aéreos que fueron pagados. Con mi tarjeta de crédito. El 21 de mayo en una conversación personal que tuvimos, el señor asambleísta me pide la cantidad de dos mil dólares. Al no acceder yo el 29 de mayo del 2025, mediante llamada telefónica, vuelve a insistir en que le entregara esa cantidad. Debido a temor a represalias laborales, yo accedí. Ahora, durante el transcurso que trabajé con usted, señor asambleísta, tenía que venir asumiendo varios rubros de gastos personales suyos.
Como fueron, pago desde la emisión de pasaporte diplomático suyo, pago para la renovación de su licencia de conducir, pago por multas de tránsito en la ANT, pago por poner combustible a su vehículo, pago por el polarizado de ventanas de su vehículo que me envió a que coloque eso. Y hasta jarabes y pastillas tenía que yo comprarle al señor asambleísta de mi dinero, como lo muestro en este documento que él mismo lo escribió con puño y letra. Aquí claramente dice, yo Juan Andrés González Salvear entrego a Hernán Robles la suma de la cantidad de 412 dólares por concepto de los siguientes gastos y se detallan los gastos que lo he dicho.
Tres días después, el 8 de agosto, vuelve a ordenar que vaya y cambie el aceite de su vehículo y asuma con ese costo. El 18 de agosto, como se escuchó en el audio, me ordena que compre un pasaje interprovincial en la ruta Quito-Loja para su retorno allá.
en la Cooperativa Loja.
El pasaje, insistí en que me devuelva esos dos valores el señor asambleísta y no lo hizo. Al contrario, tenía insinuaciones de que yo perdiera mi trabajo al pedir que se me devuelva esos dineros. La cantidad de los dos mil dólares iniciales que me había solicitado el señor asambleísta, venía insistiendo que me devuelva constantemente. Ya pasaron más de tres meses y no me había devuelto. Y el 10 de septiembre.
me envía esta foto de una transferencia.
Por 2 mil dólares, motivo de la transferencia, Juan Andrés paga préstamo a Hernán Robles.
Es algo curioso.
¿Quién hace esta transferencia, señor asambleísta? Porque veo en su contestación que dio que usted no me ha solicitado ningún dinero. Y con esto demuestro que la persona quien me devuelve este dinero es su señora madre. El 17 de septiembre, y como escuchamos en el audio, me pide que le entregue la llave del vehículo. Lo indico esto porque en la respuesta a mi denuncia, el señor asambleísta niega que este vehículo y la llave que él me entregó no es de él. Acta de entrega, recepción de insumos del asambleísta Juan Andrés González a mi persona.
Firmamos, firmo yo, firma el señor asambleísta también, y yo le pido que me ponga la hora de recibido. Queda evidenciado que el señor asambleísta constantemente me pedía dinero para sus gastos personales. Señores asambleístas, con todo lo que yo he expuesto, quiero dejar en conocimiento público que si algo me llega a suceder a mí, a mi familia, responsabilizo al señor asambleísta, a su familia, al equipo de trabajo que lo acompaña, de algo que a mí me pueda suceder. He leído en la contestación que el señor asambleísta dice que dos semanas no he venido a trabajar.
Yo le demuestro al señor asambleísta que todas mis asistencias están acá en la Asamblea Nacional, firmadas por usted mismo. Una semana de ellas, él me envió a la ciudad de Loja para que brinde acompañamiento a la asambleísta Eliana Correa. Ella se encontraba en la ciudad de Loja visitando los hospitales públicos. Y el señor asambleísta me pidió que brindáramos el acompañamiento en esa semana y que cubriera igual los gastos. En mi carro tuve que irle a ver al aeropuerto, acompañar en todo el recorrido que ella realizó y de la misma manera irla a dejar en el aeropuerto.
No le culpo a usted que se olvide que es el alcohol, consecuencias del alcohol, porque no era la primera vez que usted hacía estas cosas en pedirme renuncias. El 20 de junio también lo hizo, en el mismo estado etílico personalmente me envía mensajes con lo mismo. Lo que yo puedo narrar de las cosas que he vivido. Muchas gracias por la palabra.
Gracias, señora Presidenta, encargada. Después de escuchar el testimonio del señor Elvio Robles, que acabamos todos de escuchar, no solamente los que estamos aquí, sino el pueblo ecuatoriano, creo que ha quedado bastante claro, expuesto ante este pleno, que existe esta declaración rendida dentro del procedimiento. No sé, señores asambleístas, si me permiten continuar, si prestan un poco de atención y me permiten continuar, por favor. El denunciante manifestó que en reiteradas ocasiones fue advertido con la posibilidad de ser desvinculado del cargo que tenía. Estas advertencias, según su testimonio, no se limitaron a espacios formales de trabajo, sino se produjeron en otros contextos, e incluso cuando el asambleísta Juan Andrés González aparentemente se encontraba en estado de embriaguez.
Por favor, señora Presidenta, encargada, solicito que se reproduzca el audio que ha enviado. Autorizado.
Eso le explico, pero me está llamando, dígame por aquí.
Yo no entro ya como en el llave, pero no en el llave si estoy en el momento.
¿De cuál llave me habla?
Debería estar aquí.
No, pero me está enviando usted un mensaje que estoy desvinculado. Pero por qué razón me ha desvinculado.
Porque no responde a la cita.
Recién usted hizo una fiesta en su edificio y yo estuve ahí.
Sí, está todo muy bien, hermosa fiesta y la agradezco mucho.
Claro.
¿Cuánto, cuánto, cuánto? Yo le pagué los dos mil dólares y le pagué los cuatrocientos dólares y creo que le debo los cientos.
Ahora se lo paso por WhatsApp.
Espera, yo le pido de favor, presente con la renuncia, con todo el cariño de la vida. No hay razones para presentarle la renuncia. No, es que no, ella está disvinculada, ella está afuera.
Pero si no quieren...
los es mi culo, presidente la denuncia y esta
Gracias, señora Presidenta. Con el video, el audio, las pruebas documentales del informe del Comité de Ética, ha quedado más que demostrado que existió en este caso el aporte, provino del equipo de trabajo del asambleísta Juan Andrés González, y que carecía de justificación legal. En consecuencia, la infracción ética se encuentra acreditada y corresponde a este pleno adoptar la decisión que la ley establece frente a su configuración. No creo que podamos ser tan ciegos para no ver que aquí existe claramente un caso de cobro de diezmos, del maltrato y del hostigamiento laboral que lamentablemente en muchos de los casos se ha naturalizado.
Nosotros aquí no hablamos de persecución, no es un tema político. Aquí hablamos de que nosotros como ADN hablábamos de una asamblea distinta, pero para que esa asamblea distinta exista, tiene que acabarse este tipo de acciones. Estas acciones que lo único que hacen es desacreditar la institucionalidad del primer poder del Estado. Finalmente, señora Presidenta, y porque estoy ya cerca de que se termine mi tiempo, creo que es importante precisar que por todas las razones que he manifestado y que existe una prohibición categórica en la ley, las y los asambleístas no podemos percibir aportes económicos no debidos provenientes del personal que está a nuestro cargo y que estos son más conocidos como diezmos.
Por todo lo mencionado, no estamos frente a una duda razonable, ni ante una infracción menor susceptible de naturalizarla. Por ello, con absoluta firmeza y responsabilidad institucional, solicito a este Pleno que declare configurada la prohibición establecida en el artículo 127, numeral 4 de la Constitución de la República y al artículo 163, numeral 4 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, y se acoja la recomendación del Comité de Ética referente a la destitución del asambleísta Juan Andrés González. He presentado una moción también, señora Presidenta, en donde justamente en estos mismos parámetros solicito que se mande a votación aquí en este Pleno o se tome votación en este Pleno para que se proceda a la destitución del asambleísta Juan Andrés González.
No hacerlo, pueblo ecuatoriano, y es a ustedes a quienes me dirijo, no hacerlo sería vaciar de contenido la Constitución y la ley, y enviar un mensaje devastador al país, que dentro de esta asamblea la ética es negociable. Hoy no decidimos por una persona, decidimos por la credibilidad de la institución, y cuando la prohibición está probada, la consecuencia no es opcional, es la destitución. Así que hoy, pueblo ecuatoriano, vamos a ver qué bancada sigue protegiendo el cobro de diezmos, el maltrato, el hostigamiento, el cometimiento de delitos, y qué bancada está a favor del pueblo ecuatoriano.
Muchas gracias, señora Presidenta.
Fue la intervención de la parte denunciante de la asambleísta.