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Franklin Omar Samaniego Maigua (100%)
Muchísimas gracias. Quiero iniciar saludando al pueblo ecuatoriano, mi solidaridad con las madres, con los padres, con los niños que lamentablemente en este momento están atravesando una situación compleja en el país, en los temas de seguridad, en los temas de salud, en los temas de educación. Yo quiero iniciar señalando que la única herramienta que en este momento le queda a esos ciudadanos de a pie, a los que acabo de denunciar, para enfrentarse a la prepotencia del Estado, ¿saben cuál es? En este momento la justicia constitucional. Hoy nos presentan en el plenario este proyecto y este informe con un subtítulo atractivo, como siempre lo suelen hacer, rescatar la justicia constitucional para evitar el abuso. Ese es el titular pretendido, pero ¿saben qué? Al revisar el informe, contrastarlo con la realidad de nuestra gente en el territorio, queda claro que este proyecto no busca rescatar nada. Tiene dos objetivos, y voy a ser muy puntual, amordazar a los jueces y desarmar a los ciudadanos. Todo esto dentro de un contexto complejo, difícil, con 33 demandas de inconstitucionalidad por normas aprobadas por esta Asamblea Nacional, como decía Luis Molina, claro que les va a molestar. Con un conflicto planteado desde el Ejecutivo, molesto por las decisiones de la Corte Constitucional, claro que les va a molestar. Pero este tema, este enfrentamiento, ¿saben lo que hace? Tensionar el equilibrio de poderes con la Corte como el principal contrapeso de la agenda del Ejecutivo en el contexto de esta Asamblea Oficialista. Empecemos por lo básico, y me voy a referir al texto de la ley. Bien, el artículo 86 de nuestra Constitución, en su numeral 2, es claro, la garantía se presenta donde se origine el acto o donde produce sus efectos. Esta reforma en el artículo 1, como lo han dicho varios asambleístas, pretende que en lugar de los efectos, sea excepcional. ¿Qué significa esto en la práctica? Pensemos, pensemos que una familia de barrios humildes, de Esmeraldas, de Zamora Chinchipe, de Loja, en Quito, se toma una decisión en un ministerio que afecta al agua de la comunidad. Esa madre de familia afectada tendría que venir a litigar en Quito, priorizar el lugar de origen del acto, ¿saben cómo se llama? Centralismo jurídico. Es decir, al pobre hay que decirle, ¿quieres justicia? Viaja, paga un hotel y búscate un abogado en la capital. Eso no es evitar el abuso como se pretende justificar, eso es elitizar la justicia. Otra cosa que también se ha topado aquí, hablemos de la desaparición forzada. La reforma del artículo 11 intenta hacer más rígida la competencia del habeas corpus. Actualmente la ley permite una flexibilidad vital, porque cuando alguien desaparece en manos del Estado, no sabemos dónde está, si restringimos la competencia territorial, como se determina en el artículo 1, y asustamos al juez con responsabilidades penales o administrativas por admitir sin ser competente, entre comillas, lo que estamos haciendo es firmar una sentencia de muerte. El juez, por miedo a la sanción que propone este proyecto, sin duda alguna dudará en actuar. La falta de certeza judicial en desapariciones forzadas, ¿saben qué va a hacer? Garantizar la victoria de la impunidad. Además, ecuatorianos, aquí se han topado algunos casos de habeas corpus, se ha referido al ex vicepresidente, pero parece que no han revisado las sentencias de la Corte Constitucional. Y les pido, comedidamente, con respeto, porque yo si lo hago así, revisen la sentencia 9823JH23, donde la Corte dejó claro el alcance del habeas corpus para personas con sentencia. ¿Para qué queremos entonces una reforma legal que ya está en la jurisprudencia? La respuesta es sencilla, para introducir la declaratoria jurisdiccional previa. El artículo 5, con quieren que si un juez emite un fallo que no le gusta al gobierno de turno, el juez superior persiga penalmente o sea perseguido penalmente. Eso no es ético, es persecución judicial institucionalizada. Y aparte de todo, ecuatorianos, ecuatorianas, el punto más cruel de este informe es el artículo 9, numeral 5. Pretende declarar improcedente la acción de protección cuando se busque obligar al Estado a diseñar o cumplir políticas públicas. ¿Y saben qué significa esto, colegas, pueblo ecuatoriano? ¿De qué vive nuestra gente? El ciudadano demanda cuando no hay medicinas en los hospitales, cuando no hay cupos en las escuelas, cuando el Estado abandona su obligación de proteger y protegernos. Si aprobamos esto, estamos blindando la negligencia estatal. Estamos diciéndole al paciente con cáncer o de diálisis, por ejemplo, que no puede demandar al Ministerio de Salud porque la política pública es intocable. Esto es un retroceso de más de 20 años en derechos humanos. Finalmente, el ataque al último contrapeso que les queda, con el artículo 6 y 16, quieren que si la Corte Constitucional en 30 días no selecciona sentencias, el caso queda excluido y lo mismo en el caso de que no resuelva una consulta de una norma en 45 días, el proceso judicial continúa perdiendo la competencia. Es inconstitucional una ley orgánica. No puede, no puede, y que se escuche bien, no puede quitarle atribuciones a la Corte Constitucional establecidas en la Constitución. Esto no es orden procesal, es un intento del oficialismo de quitarse de encima el único organismo que les dice no cuando intentan violar la Constitución. Ciudadanos, ecuatorianos, este proyecto tiene unas líneas rojas que las voy a puntualizar y con esto quiero cerrar mi intervención. Primero, no podemos permitir que la reparación integral sea suspendida, artículo 2, solo porque el Estado no quiere pagar. Y ahí tenemos un caso claro, un ejemplo, como los que han señalado aquí, el caso de los cuatro niños de las Malvinas, incluso se llega a hablar de enriquecimiento ilícito en este proyecto. Dos, no podemos permitir que la independencia judicial se quiebre por el miedo a sanciones administrativas y penales a los jueces por criterios de competencia. Tres, no podemos dejar a los ciudadanos sin defensa frente a las políticas públicas fallidas. Por estas razones, ciudadanos, ciudadanas, como miembro de esta bancada, de la bancada de la Revolución Ciudadana, mi postura ha sido técnica y política. Este proyecto, y lo voy a decir con todas las letras, es inconstitucional. No podemos seguir dando pie a un texto que usa la excusa del abuso para instaurar el autoritarismo judicial. Muchísimas gracias.