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Saadin Alfredo Serrano Valladares (100%)
Gracias, señor presidente. Compañeros legisladores, hoy tenemos una gran oportunidad con este proyecto de ley, que todavía sigue siendo proyecto. Digo una gran oportunidad para dejar de quejarnos lo que en este pleno lo venimos haciendo desde hace un año, y supongo que en los plenos anteriores también. Que de nada sirve la lucha que hace la fuerza pública contra la delincuencia si no cambiamos el sistema de justicia. Sí, coincido plenamente con esa tesis. Y por coherencia, señor presidente, como es nuestro accionar, obviamente nosotros tenemos que estar en esa línea. Las propuestas vengan de donde vengan, si le convienen al pueblo ecuatoriano hay que respaldarlas. Y así mismo cuando sean malas, aún viniendo de nosotros, hay que oponerse. Ese ha sido nuestro accionar. Y esta ley justamente busca mejorar algunos temas en la justicia. Y con este primer debate esperamos aportar para que esta ley mejore aún más. Parte de conceptos fundamentales en los cuales coincidimos plenamente. Se ha hecho un gran trabajo, lo debo reconocer, aún falta también. Y eso es lo que queremos hacer en este primer debate. Hay que sancionar a los jueces corruptos. Claro que sí hay que sancionarlos. Coincido, el Partido Social Cristiano, en su propuesta de campaña esta vez, señor presidente, le propusimos en nuestro plan de trabajo lo que usted dijo el otro día en su informe de labores. El juez que libera a corruptos termina siendo un juez corrupto. Nosotros decimos que el juez que libera a delincuentes termina siendo un delincuente. Por lo tanto, a ese juez que se los llama en la función judicial, a los jueces suicidas, que lo que hacen es dictar una sentencia para favorecer a un delincuente y luego saben que van a ser destituidos con el Consejo de la Judicatura y simplemente se retiran ya destituidos, pero cogen su bandeja de comida que les dieron a lo grande y ya no les importa nada más. ¿Qué proponemos nosotros, señor presidente y compañeros legisladores? Que ese juez que es destituido inmediatamente, ese juez que liberó a delincuentes, vaya a la cárcel, a pagar la cárcel que debía pagar el delincuente y que en el Consejo de la Judicatura, luego de que sea destituido, no pueda volver a ocupar cargo público nunca más en su vida, señor presidente. Queremos sanciones drásticas. Ahora que vivimos en guerra con el narcotráfico, pues tenemos que portearnos también drásticos aquí en la Asamblea Nacional. Por tanto, pasemos desde el discurso a la acción, compañeros legisladores. Nuevamente, el juez que libera ilegalmente a delincuentes debe ir a la cárcel a pagar la pena del delincuente y debe ser destituido y con prohibición de ocupar cargo público de por vida. Solamente con este tipo de medidas podemos combatir a esos jueces corruptos, que no es toda la función judicial. Aquí debemos rescatar también a jueces buenos, a fiscales buenos y a funcionarios buenos, que son la gran mayoría en la función judicial. Pero debemos castigar a estos jueces llamados suicidas y a fiscales también que se prestan para estas envergoncerías. Es la única forma, señor presidente, si estamos en guerra y tenemos una sociedad con miedo, si realmente queremos quitarle el miedo a la sociedad y combatirlos como se merecen los delincuentes, comencemos con esta parte fundamental en este código. Esa es la primera observación que, por cierto, como acostumbro, señor presidente, todas también las mando por escrito. Y en esto, al parecer, señor presidente, coincidimos con su punto de vista que lo hizo público en su informe que dio en su momento a la Nación en su informe de este primer año. Vamos con este tipo de medidas, compañeros legisladores. Démosle a la sociedad un mensaje de que de verdad queremos combatir a quienes transcriben la justicia en este país, a quienes manchan a la función judicial, a quienes verdaderamente favorecen a la delincuencia con este tipo de propuestas. Respecto al proyecto de ley, nuestras observaciones. Qué bueno que ahora se va a dar una protección a los jueces. ¿Cómo no apoyar ese artículo? Si esto hubiera estado vigente, sin duda el juez Serrano no estuviera hoy prófugo de la justicia. Si esto se le hubiera dado al juez Serrano, sin duda alguna no hubiera tenido que huir del país. Hoy tenemos que darle esa protección a los jueces buenos, a los jueces decentes, a los jueces honestos, que son la gran mayoría. Las pruebas del polígrafo, pruebas de confianza que se hablan, se quiere tomárselas, en principio la propuesta es para los jueces anticorrupción. Y yo me pregunto, ¿y los otros jueces? ¿Por qué solamente los de anticorrupción? ¿Por qué no los otros jueces de las Cortes Provinciales de Justicia? ¿Por qué no los otros jueces de primer nivel? ¿Por qué no los funcionarios? ¿Por qué solamente a estos jueces anticorrupción? No, señor presidente. Pongámosle la prueba de confianza para todos los jueces y funcionarios de la función judicial. Eso está obviamente en el artículo 37 y tiene coincidencia con la disposición transitoria primera, que dice que la prueba de confianza será para los nuevos funcionarios que ingresen a la función judicial. Pero si la desconfianza no es para el futuro, pues la desconfianza es actual, para los actuales funcionarios. Por lo tanto, la prueba de confianza tiene que ser también para los que están en funciones, no solamente para los que van a ingresar a la función judicial. El otro tema, estudios jurídicos relacionados. Bueno, qué bueno este artículo. Sí, estoy plenamente de acuerdo que los estudios jurídicos, que los miembros de estudios jurídicos no pueden ser fiscales, no pueden ser defensor público, no pueden ser jueces de la Corte Nacional de Justicia. Y aquí mi observación a ustedes, compañeros legisladores de la Comisión. ¿Y por qué solamente ellos? ¿Por qué no el director del Consejo de la Judicatura, que tiene tremendo poder? ¿Por qué no los jueces provinciales? Es decir, vamos a prohibir que los que pertenecen a un estudio jurídico no puedan ser jueces de la Corte Nacional, pero sí puedan ser jueces de las Cortes Provinciales. Yo creo que esa prohibición debe regir para todos. Un juez que tenga intereses en un estudio jurídico, no una persona que tenga interés en un estudio jurídico, no debe ser juez. Así de simple. La segunda, la siguiente observación, señor presidente. Se crean unidades de servicios judiciales y se crean también auditorías éticas independientes de integridad judicial. Aquí viene mi inquietud. Que estoy de acuerdo, por cierto. Estoy de acuerdo. El presidente actual de la República ha vetado varios proyectos porque se crean dependencias o se crean comités y que aumentan el gasto público. Ese ha sido el argumento. Y nosotros aquí en la Asamblea hemos también archivado leyes porque, entre otras cosas, se creaban o aumentaban el gasto público. Pregunto. ¿Esta iniciativa que es buena de crear estos comités no va a ser vetada luego? ¿No sería bueno consultar al gobierno que no vete esta parte que a mí me parece fundamental? Porque el argumento sería el mismo que se utilizó, por ejemplo, para el Código Agropecuario o el otro día que archivamos la ley de la Procuraduría. Porque ahí se creaba el comité institucional entre la Contraloría y la Procuraduría para hacer el control previo. Y nos dijeron en el informe que eso atenta contra el artículo de la Constitución que aumente el gasto público. De manera que, más allá de estar de acuerdo, evitemos el veto, obviamente consultando a los funcionarios del gobierno que no lo vuelvan, que no hagan este tema que es de vital importancia. El control patrimonial a jueces y fiscales públicos. Claro que es importante. Este es un tema importante para que, en conjunto con la Contraloría, podamos hacer un seguimiento a jueces. Y no simplemente luego de que se produce la causa nos enteramos que ha engordado su patrimonio. El tema de notarios. Aquí tengo varias observaciones, compañeros, de la Comisión de Justicia. No olviden que hay una sentencia de la Corte Constitucional sobre el tema de los notarios, sobre la evaluación de notarios. Y nosotros, ustedes y yo, sabemos perfectamente que las sentencias de la Corte son de carácter vinculante. De manera que esa sentencia debe ser seriamente revisada por la Comisión para la designación de notarios, donde es fundamental lo que en varias partes la Corte nos dice sobre los estándares de rendimiento que debe constar. Y aquí una sugerencia cordial a la Comisión de Justicia. El Código Notarial no se ha reformado desde 1966. Tal vez este es una gran oportunidad para que la Comisión de Justicia nos presente un proyecto para comenzar a darle trámite y podamos actualizar ese Código Notarial que por mucho tiempo no ha entrado en vigente, que no ha sido reformado. El procedimiento para la destitución por dolo, ya lo dije, que en este capítulo podíamos ingresar un artículo que se los voy a proponer, que el juez que libera delincuentes tiene que ir preso a pagar la pena del delincuente. Es decir, un juez que es delincuente y libera delincuentes se convierte en delincuente y por lo tanto hay que tratarlo como tal. Hay una serie de disposiciones transitorias, compañeros legisladores, de plazos para cumplimiento. Ustedes en el proyecto de ley con acierto ponen que si no se designan los notarios en determinado tiempo habrán unas sanciones de tipo pecuniaria para los vocales del Consejo de la Judicatura. Pero aquí no hay sanciones, en cambio, en la disposición transitoria 1 para la creación de la unidad técnica operativa, si no lo crean, tampoco para el Consejo de Participación Ciudadana que tiene que participar aquí, tampoco para la implementación de unidades de servicios judiciales en 120 días plazo. Miren ustedes, compañeros legisladores, no podemos tener una Corte Nacional de Justicia incompleta que ni siquiera tiene para hacer cuoron para designar a su presidente. ¿Cómo puede ser posible que el Consejo de la Judicatura no haya nombrado a los jueces? Pongamos una disposición dándole un plazo perentorio, so pena de una sanción como lo hace la Comisión para el caso del no nombramiento de notarios. Tenemos definitivamente que imponer sanciones porque no se ha evaluado jueces, porque no se ha evaluado a los propios notarios, no se ha evaluado a fiscales y obviamente no se ha nombrado tampoco. ¿De qué nos sirve hacer una ley sancionatoria si no se proceden con los nombramientos que tienen que dar? ¡Qué vergüenza que sigamos teniendo un presidente de la Corte Nacional de Justicia subrogante, encargado, porque hasta ahora tienen cuoron para nombrar un titular! Por lo tanto, pongámosle plazo, señor presidente, a esto. Y obviamente no puedo estar de acuerdo que el Cenecid vaya a calificar las carpetas de quienes van a integrar el comité. La independencia de la función judicial, debemos nosotros comenzar a respetarla y exigir que todo mundo la respete. Eso es un tema de la función judicial donde no puede meterse el Ejecutivo. Por último, compañeros legisladores, no hay una explicación en el informe y por eso les hago esta consulta. Se elimina el artículo 214 que habla sobre documento público falso. Está eliminado ese artículo y yo no sé por qué lo elimina. Generalmente se justifica en el informe y me quedo esa inquietud. Y no puedo adelantar criterios sin saber las razones por las cuales fue eliminado el artículo 214 del actual Código en Vigencia. Esas son nuestras propuestas, estas son nuestras observaciones, que las presentaremos como escrito. Y no olvidemos esto, compañeros legisladores. El juez que libera delincuentes es un delincuente y por lo tanto debiera pagar la sanción del delincuente y luego de la destitución necesariamente debe ir la prohibición de no volver a ocupar cargo público. Señor presidente.