El asambleísta Diana Blasio. Hola, ¿me escuchan? Sí, le escuchamos, siga por favor. Gracias, señor presidente. Muy buenos días, compañeros asambleístas. Un gran abrazo para todos los ecuatorianos, en especial a mi provincia de Loro, que nos sintonizan a través de los medios digitales. El debate del día de hoy se centra en un punto crucial, el tiempo. El tiempo, compañeros, tiene un valor en diferente para cada persona. Para muchos, un día puede significar el cumplimiento de una meta, la superación de una dificultad. Pero para un niño en una casa de acogida, un día más mirando a la puerta por si llegan por él.
Significa un cumpleaños sin su deseo cumplido. Significa un día más de cartas y dibujos sin destinatarios. Una infancia detenida por la incertidumbre. Porque mientras nosotros contamos el tiempo en días, meses y años, ellos los cuentan en ausencias. Y justamente por eso estamos debatiendo el día de hoy esta ley. En Ecuador, la adopción sigue enfrentando obstáculos burocráticos que afectan a quienes deben estar en el centro de nuestras decisiones, los niños, niñas y adolescentes. Hay varias causas. Entre ellas, los procesos que avanzan lentamente entre investigaciones, trámites judiciales y procedimientos administrativos, investigaciones que repiten y plazos que terminan extendiéndose mucho más allá de lo razonable.
Mientras tanto, un niño sigue esperando. Y el tiempo que pierde un niño nunca se recupera, compañeros. Por eso, este proyecto incorpora herramientas concretas para agilitar los procesos de adopción. Se establece que, cuando una autoridad judicial disponga de medidas de protección para un niño, también se inician de manera inmediata las investigaciones necesarias para ubicar a sus familias, evitando que las distintas etapas se desarrollen de manera aislada y generen nuevas demoras. Se fijan plazos para investigaciones que deben realizar la policía especializada y los equipos técnicos porque la protección de los niñez no puede quedar sometida en procedimientos indefinidos.
Se fortalece la declaratoria de adoptabilidad, estableciendo reglas claras sobre quién puede solicitarla, qué requisitos deben cumplirse y cómo se debe tramitarse, otorgando mayor seguridad jurídica y evitando retrasos innecesarios. Se permite que el mismo juez que conoció una medida de protección pueda también resolver la declaratoria de la adoptabilidad. Esto evita que el proceso de un niño vuelva a empezar cada vez que cambie la etapa procesal. Así hay menos trámites y menos tiempo perdido. Y algo que considero especialmente importante, en esta ley, reafirma el interés superior del niño.
Debe prevalecer en cada decisión, porque el análisis de la situación familiar debe considerar su seguridad, su estabilidad, su bienestar emocional y el derecho a desarrollarse en un entorno que garantice su protección. Por eso, este proyecto de ley incorpora criterios que los jueces valoran tanto la opinión del niño como las condiciones reales de cuidado y protección que tendrá en el futuro. Además, para los adolescentes que están por cumplir 18 años y están por egresar de la casa de acogida, la inclusión de becas académicas es un aporte importantísima para su futuro.
La protección de la niñez siempre ha sido un tema importante en el trabajo que llevo realizando durante años. Por lo mismo, quiero agradecer a la comisión por haberme recibido las observaciones que presenté oportunamente en que se refuerza el interés superior de los niños, niñas y adolescentes, así como no la discriminación por motivo de discapacidad, así como cualquier otra práctica que limite o retrase injustificadamente su acceso a una familia. Compañeros asambleístas, sé que ninguna ley puede recuperar el tiempo que ya pasó, pero sí podemos evitar que más niños no tengan que seguir esperando, que tenemos que construir un sistema más ágil, más humano y más eficiente.
Por eso quiero invitarlos a respaldar este proyecto de ley, porque ningún niño debería crecer sintiéndose que fue olvidado por el reloj de los adultos. Muchísimas gracias, señor presidente. Gracias, señor presidente.